Capítulo 14 - Maquiladoras

AutorJ. Simón Somohano Silva
Páginas242-269

Introducción

La industria maquiladora ha sido pionera en la implementación y desarrollo de las reglas de precios de transferencia en México. Aunque existían algunos antecedentes en la legislación fiscal en México referente a la obligatoriedad de los contribuyentes a pactar sus ingresos y contraprestaciones entre partes relacionadas en condiciones de mercado, esta industria se constituyó en la práctica como el laboratorio de pruebas de la aplicación de las reglas contemporáneas de precios de transferencia a partir de 1995. A pesar de que un par de años después se hizo obligatorio el cumplimiento de las reglas de precios de transferencia a los contribuyentes distintos a las maquiladoras, las principales discusiones en esta materia en nuestro país entre contribuyentes, autoridades y asesores, durante el siguiente lustro, se referían a las maquiladoras. Por ello, difícilmente se podrá comprender el desarrollo de los precios de transferencia en México si no se conoce la influencia que las maquiladoras han tenido en este ámbito.

Una maquiladora puede ser una corporación mexicana ciento por ciento y ser controlada por extranjeros. El programa de maquila vigente se basa en lo estipulado por el Decreto para el Fomento y Operación de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Decreto IMMEX).1 Este programa establece la estructura operativa de las maquiladoras. El programa IMMEX otorga a una empresa una vaPage 246riedad de privilegios y obligaciones, sin embargo, en contrapartida, el gobierno mexicano vigila de cerca a las empresas que operan bajo este programa. Asimismo, el gobierno mexicano es consciente del entorno internacional competitivo necesario para atraer operaciones de producción compartida y del clima de negocios necesario para la atracción y retención de capital foráneo.

La industria maquiladora genera un valor agregado importante para la economía mexicana en un monto anual equivalente a más de dos mil millones de dólares así como empleos para más de un millón de personas en 2,783 plantas ubicadas en la zona fronteriza entre México y los Estados Unidos de América.

Objetivos

El programa de maquiladora tenía cuatro objetivos principales:

    . Absorber el exceso de mano de obra en las zonas fronterizas y fomentar las exportaciones mexicanas.

    . Generar divisas extranjeras con la finalidad de mejorar la balanza de pagos mexicana.

    . Atraer a México la inversión extranjera de capital y tecnología con la finalidad de fomentar una estructura industrial eficiente.

    . Evitar la migración de connacionales establecidos en las regiones fronterizas.

Estructura operativa

Una maquiladora es una corporación mexicana que opera bajo un régimen aduanero especial que permite a la maquiladora importar temporalmente la materia prima a México en una modalidad libre de impuestos, siempre que se cumplan con las disposiciones de los tratados de librePage 247comercio y acuerdos económicos internacionales de los que México forma parte.

Este beneficio aduanero puede hacerse extensivo también a la maquinaria, equipo, refacciones y otros artículos requeridos para el ensamble, manufactura o reparación de los bienes finales y su exportación subsiguiente. El Programa de Maquila y la Ley Aduanera mexicana limitan el tiempo en que los bienes pueden permanecer en México bajo el régimen temporal. Después de que los bienes hayan sido importados a México, éstos deben ser exportados al extranjero o bien, importados de manera definitiva para permanecer en el territorio mexicano de manera permanente.

Las importaciones temporales ocurren al cumplir con los actos y formalidades del despacho aduanero, lo cual incluye la determinación de impuestos al comercio exterior, así como los demás impuestos aplicables. También existe la opción para que los bienes puedan ser vendidos en el mercado mexicano.

Al recibir la aprobación de la Secretaría de Economía, las maquiladoras pueden importar bienes para que permanezcan en México en el régimen aduanero temporal por el periodo indicado a continuación:

    . Por un periodo de hasta 18 meses:

      - Combustible, lubricantes y otros materiales que serán consumidos en el proceso de producción de mercancía para exportación.

      - Materia prima, partes y componentes que serán utilizados por completo en el proceso de producción de mercancía para exportación.

      - Material de empaque.

      - Etiquetas y folletos.

    . Por un periodo de hasta dos años:

      - Contenedores y cajas de trailers.
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    . Por la vigencia del programa de maquila o de exportación, en los siguientes casos:

      Maquinaria, equipo, herramientas, instrumentos, moldes y re-facciones destinados al proceso productivo.

      - Equipos y aparatos para el control de la contaminación; la investigación o capacitación de seguridad industrial, telecomunicación y cómputo, laboratorio, medición, prueba de productos y control de calidad, y aquéllos que intervengan en el manejo de materiales relacionados directamente con los bienes de exportación y otros vinculados con el proceso productivo.

      - Equipo de desarrollo administrativo.

Modos de operación

Las operaciones de maquila pueden ser realizadas bajo una amplia gama de marcos operativos. La elección de una modalidad particular depende de varios factores, entre los que se encuentran el grado de control deseado por el inversionista, el riesgo que se está dispuesto a asumir, el tamaño de la operación, etc. Existen diversas modalidades para operar en México al amparo de varios tipos de programa de maquila. Los diferentes tipos de programas se describen a continuación:

    . Tipos de programa IMMEX

El Decreto IMMEX es un instrumento que permite a los productores de mercancías destinadas a la exportación, entre otros beneficios, importar temporalmente bienes necesarios para ser utilizados en la transformación, elaboración y/o reparación de productos de exportación, sin cubrir el pago del impuesto al valor agregado, así como de los impuestos al comercio exterior. Los beneficios anteriores se encuentran condicionados a que el importador cumpla con las disposiciones señaladas en los tratados internacionales de los que México forma parte. El Decreto IM-MEX incluye aquellas actividades de servicio que tengan como finalidad la exportación o apoyar a esta actividad.

Con la entrada en vigor del Decreto IMMEX se abrogaron los Decretos IME y el Programa de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación (PITEX), que se conjuntaron en el programa IMMEX. DePage 249esta forma, a pesar de que el término "maquiladora" fue preservado, los programas emitidos en el pasado a las empresas bajo los Decretos IME y PITEX, así como aquellos emitidos en el futuro bajo el nuevo decreto serán conocidos como programas IMMEX. El Decreto IMMEX fue redactado en forma tal que se preservan las reglas fiscales paras las empresas que operan bajo la modalidad de maquiladora. Por otro lado, las empresas que operaban con el programa PITEX y que al igual que las maquiladoras son consideradas ahora como empresas IMMEX, se encuentran limitadas para acceder a las reglas fiscales aplicables a las empresas maquiladoras.

El Decreto IMMEX estableció las siguientes modalidades de una empresa con registro IMMEX:

    - Industrial. Este programa se refiere a las empresas mexicanas que realicen un proceso industrial de elaboración o transformación de mercancías con el propósito de exportar bienes. Este modo de operación es el más común para las empresas extranjeras que establecen operaciones de plantas gemelas en México.

    - Servicios. Este programa se refiere a una empresa mexicana que obtiene el programa de operación de maquila bajo el cual sus actividades consisten en proporcionar servicios relacionados a la exportación, o en ciertos casos, asesoría a la exportación y servicios de consultoría. Estas actividades de servicio también pueden ser proporcionadas a otras maquiladoras o bien a compañías con programas de importación temporal para exportación de artículos.

    - Albergue. Este programa se refiere a una empresa mexicana que obtiene un programa de maquiladora con el cual las empresas extranjeras proporcionan la tecnología y la materia productiva sin operarlos. Una empresa mexicana puede dar albergue a la producción de una o varias empresas extranjeras al proporcionar a éstas con una línea de manufactura, así como de recursos humanos y servicios administrativos. La corporación extranjera puede facilitar tecnología y material productivo, sin operar directamente el programa. La compensación por los servicios realizados en la compañía albergue son generalmente calculados por hora o por piezas producidas. Estas operaciones le dan oportunidad a la empresaPage 250extranjera a familiarizarse con las operaciones de maquila antes de realizar una inversión directa completa, puesto que el operador puede proveer a las empresas extranjeras cualquiera de los siguientes servicios:

    * Uso de la planta de manufactura.

    * Recursos humanos y manejo de relaciones industriales.

    * Transportación de la frontera México y los Estados Unidos de América a la planta mexicana y viceversa.

    * Servicios relacionados con el departamento de importación y exportación de la maquiladora.

    * Administración general, incluyendo servicios contables y fiscales.

    - Controladora de empresas. Es cuando en un mismo programa se integran las operaciones de manufactura de una empresa certificada denominada controladora y una o más sociedades controladas.

Asimismo, se añade una nueva modalidad denominada como "terciarización", exclusiva para compañías que cuenten con autorización como "Empresa Certificada" otorgada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Esta figura busca dar respuesta a nuevas necesidades de negocios, como es el caso del outsourcing, actividad que ha cobrando relevancia en el mundo, misma que permite que las compañías separen sus actividades en unidades de negocios distintas y no por ello dejen de tener la...

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