Calculo de las aportaciones ante el INFONAVIT
Autor | José Pérez Chavez/Eladio Campero Guerrero |
Páginas | 421-425 |
Page 423
El artículo 29, fracción II, de la Ley del Infonavit, señala que es obligación de los patrones determinar el monto de las aportaciones del 5% sobre el salario de los trabajadores a su servicio y efectuar el pago en las entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Infonavit, para su abono en la subcuenta de vivienda de las cuentas individuales de los trabajadores previstas en los sistemas de ahorro para el retiro, en los términos de la Ley del Infonavit y sus reglamentos, así como en lo conducente, conforme a lo previsto en la LSS y en la LFT.
En lo que corresponde a la integración y cálculo de la base y límite superior salarial para el pago de aportaciones, se aplicará lo contenido en la LSS.
Estas aportaciones son gastos de previsión de las empresas y forman parte del patrimonio de los trabajadores.
Conforme al Proceso Unico de Afiliación Infonavit-IMSS, las aportaciones al Infonavit se deberán enterar en la misma liquidación en que lo hacen las cuotas del IMSS y en la misma fecha de pago.
El registro sobre la individualización de los recursos de la subcuenta de vivienda de las cuentas individuales de los sistemas de ahorro para el retiro, estará a cargo de las Afores, en los términos que se establecen en la LSAR y su reglamento. Lo anterior, independientemente de los registros individuales que determine llevar el Infonavit.
Asimismo, es obligación del patrón pagar las aportaciones por cada trabajador mientras exista la relación laboral y subsistirá hasta que se presente el aviso de baja correspondiente. Si se comprueba que dichotrabajadorfue inscrito por otro patrón, el Infonavit devolverá al patrón omiso, a su solicitud, el importe de las aportaciones pagadas en exceso, a partir de la fecha de la nueva alta.
CASO PRACTICO
PLANTEAMIENTO
Una empresa dedicada a la compra-venta de línea blanca para el hogar desea determinar las aportaciones patronales al Infonavit en el primer bimestre de 2015, correspondientes a uno de sus trabajadores.
DATOS
- SBC del trabajador correspondiente al primer bimestre de 2015 $455.50
- SMG diario del Distrito Federal (supuesto) $70.11
- Importe de 25 SMG diarios del Distrito Federal ($70.11 x 25) $1,752.75
- Días del bimestre 59
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DESARROLLO
1o. Determinación de la aportación patronal al...
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- Calculo de las aportaciones ante el INFONAVIT
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- Otras obligaciones en materia del IMSS
- Otras obligaciones en materia del INFONAVIT
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- Impuesto sobre nóminas
- Beneficios y estímulos fiscales
- Ingresos asimilados a salarios
- Sueldos pagados a residentes en el extranjero
- Obligaciones de los trabajadores
- Anexo I
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