C-2 Documento de adecuaciones al Boletín C-2

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Documento de adecuaciones al Boletín C-2

Este documento de adecuaciones está dirigido a adecuar y a homologar las normas del Boletín C-2, Instrumentos Financieros, a las normas internacionales, en tópicos relativos al tratamiento de "instrumentos financieros disponibles para su venta", así como "las transferencias entre las categorías de activos financieros", además de dar mayor precisión al reconocimiento del "deterioro de valor de los activos financieros". Las disposiciones contenidas en este documento de adecuaciones al Boletín C-2, son de observancia obligatoria a partir del 1º de enero de 2005. Se recomienda su aplicación anticipada.

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CONTENIDO Párrafos

ANTECEDENTES...........................................................................................................................1 - 7

INSTRUMENTOS FINANCIEROS DISPONIBLES PARA SU VENTA .........................................8 - 10

Reconocimiento de los cambios en el valor razonable............................................................9 - 10

Transferencias entre las categorías de activos financieros ...................................................11 - 21

Instrumentos financieros conservados a vencimiento ...........................................................13 - 18

Instrumentos financieros clasificados como disponibles para su venta.........................................19

Instrumentos financieros clasificados para negociación................................................................20

Tratamiento contable de la transferencia de instrumentos financieros a otras categorías.............21

DETERIORO DE VALOR DE LOS ACTIVOS FINANCIEROS ...................................................22 - 30

Reconocimiento de deterioro de valor de los activos financieros...................................................24

Instrumentos financieros conservados a vencimiento ...........................................................25 - 27

Instrumentos financieros disponibles para su venta..............................................................28 - 30

REGLAS DE PRESENTACIÓN ..................................................................................................31 - 33

REGLAS DE REVELACIÓN...............................................................................................................34

VIGENCIA ........................................................................................................................................35

TRANSITORIO............................................................................................................................36 - 37

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México, D.F. a 12 de febrero de 2004.

A TODA LA MEMBRESÍA

A LOS INTERESADOS EN LA INFORMACIÓN FINANCIERA

Se adjunta el Documento de Adecuaciones al Boletín C-2 (el Documento), preparado y aprobado por la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC), después de cumplir con el proceso de auscultación exigido por los estatutos del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

Este documento está dirigido a adecuar y a homologar las normas del Boletín C-2, Instrumentos Financieros, a las normas internacionales, en tópicos relativos al tratamiento de "instrumentos financieros disponibles para su venta", así como "las transferencias entre las categorías de activos financieros", además de dar mayor precisión al reconocimiento del "deterioro de valor de los activos financieros".

Como consecuencia de las sugerencias recibidas en el proceso de auscultación, al documento auscultado, se le agregaron las siguientes modificaciones:

  1. Se impiden las transferencias de la categoría de instrumentos financieros con fines de negociación hacia o de otras categorías de instrumentos financieros.

  2. Se incorporaron reglas respecto a la metodología a seguir en el cálculo del deterioro de los instrumentos financieros.

El proyecto, contempla que las adecuaciones mencionadas se apliquen obligatoriamente a partir de los ejercicios sociales que comiencen el 1º de enero de 2005, recomendándose su aplicación anticipada, sin que deban ser reformulados los estados financieros de los periodos anteriores a dicha aplicación.

Atentamente,

C.P.C. Luis Moirón Llosa

Vicepresidente de Legislación

C.P.C. Alberto Napolitano Niosi

Presidente de la Comisión de Principios de Contabilidad

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Documento de adecuaciones al Boletín C-2

La parte normativa de este Boletín que aparece en "negrillas", es decir, los conceptos normativos destacados con letra más gruesa, debe ser entendida en conjunto con sus explicaciones.

Antecedentes

El Boletín C-2 Instrumentos Financieros, fue promulgado en diciembre de 1999, para que entrara en vigor en los ejercicios sociales que comenzaran el o después del 1o. de enero de 2001. 1

Tal como se indica en la carta de envío del Boletín C-2 a la membresía del Instituto Mexicano de Contadores Públicos y a los Interesados en la Información Financiera, el Boletín C-2 se constituye como un marco primario para la evaluación y reconocimiento de los instrumentos financieros. Sin embargo, después de más de dos años de su aplicación y ante las normas emitidas a nivel internacional sobre los mismos, se han detectado ciertas diferencias que se consideran deben ser adecuadas dentro de la normatividad del Boletín C-2, como parte de las aclaraciones y modificaciones en el tratamiento y reconocimiento de algunos tipos de transacciones. 2

En el párrafo 27 del Boletín C-2 se definen los instrumentos financieros "con fines de negociación" y los "disponibles para su venta", que conceptualmente son similares pero que su diferencia se establece por el periodo de posesión y cuyo tratamiento requiere llevar, en ambos casos, los cambios en su valor razonable directamente a los resultados del periodo, siguiendo lo...

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