Breves reflexiones sobre la no acumulacion, para efectos del ISR, de los estimulos fiscales

AutorJose Miguel Erreguerena A. (Socio)/Pablo Ramirez Morales (Coautor)
CargoSocios de Ortiz, Sainz y Erreguerena, SC
PáginasA55-A57

Una polémica interesante que ha surgido en los sectores profesionales y empresariales, es si los estímulos fiscales deben considerarse, por sus beneficiarios, como ingresos acumulables para efectos del ISR. La controversia surge a partir de que el artículo 17 de la ley que establece dicho tributo, no señala expresamente a los estímulos fiscales como uno de los ingresos que la propia ley exime del pago del impuesto. De ahí que pueda concluirse que tales estímulos deben acumularse a partir de una interpretación estricta (principio general de la interpretación de las disposiciones fiscales) de la norma correspondiente.

Sin embargo, consideramos que existen elementos suficientes para sostener que, aun cuando no aparezcan entre los conceptos previstos en el artículo 17 ya mencionado, los estímulos fiscales no deben ser considerados como ingresos acumulables. A dicha conclusión nos llevan diversos argumentos jurídicos, pero también económicos, relativos a su eficiencia y efectividad, a partir de la naturaleza y función, dentro de la actividad económica, que tienen los estímulos fiscales.

Naturaleza y función de los estímulos fiscales

Los estímulos fiscales son instrumentos que emplea el Estado para incentivar la realización o el fortalecimiento de alguna actividad específica, que considera social y económicamente relevante. La elección de la actividad a estimularse puede determinarse en función del peso que tiene en la economía general del país, o por su capacidad para generar economías de escala y detonar el crecimiento económico, o porque contribuya a la protección y desarrollo de sectores sociales específicos.

Si bien el Estado, mediante los recursos públicos que recauda, podría desarrollar esa actividad, considera que es más eficiente complementar su realización con inversiones privadas, o bien delegarla por completo a los particulares, por lo que los incentiva a que la realicen.

Para ello, el estímulo fiscal consiste, dicho de forma sencilla, en el aligeramiento de la carga tributaria, de alguna contribución en particular, que corresponde a los contribuyentes que se ubiquen en los supuestos y cumplan con los requisitos previstos en la norma, ley o decreto correspondiente. En otras palabras, es una reducción de la obligación tributaria, ya sea mediante un crédito fiscal, una deducción especial o adicional a las generales, o cualquier otro vehículo que cumpla con dicha finalidad.

De esta forma...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR