Da a conocer el Banco de México circular que señala el monto a partir del cual los cheques serán nominativos desde el 1o. de enero de 2009

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En el DOF del pasado 3 de junio, el Banco de México publicó la Circular 23/2008 relativa a las Disposiciones de carácter general a que hace referencia el artículo 179 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, para determinar el monto a partir del cual los cheques deberán ser nominativos, misma que entrará en vigor a partir del 1o. de enero de 2009.

Dicha circular especifica que a partir del 1o. de enero de 2009, los cheques por cantidades iguales o superiores a $20,000 (veinte mil pesos 00/100) deberán ser siempre nominativos.

En términos del artículo 23 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, son títulos...

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