Algunos aspectos a considerar de la resolución miscelanea

AutorAntonio Luna Guerra
Páginas119-121
REGIMEN FISCAL DE LA ENAJENACION DE ACCIONES 119
CAPITULO VIII
ALGUNOS ASPECTOS A CONSIDERAR
DE LA RESOLUCION MISCELANEA 2013
Para 2012 y 2013 no existe alguna regla trascendental en
materia de enajenación de acciones, sin embargo, en la Re-
solución Miscelánea 2007-2008 existía la regla 3.6.2. que se-
ñala casos en los que se podía optar por efectuar un cálculo
en relación con la CUFIN, la cual es la siguiente:
Para los efectos del artículo 88 de la Ley del ISR, los con-
tribuyentes que hubieran iniciado sus actividades antes del
1o. de enero de 2002, podrán determinar el saldo inicial de la
cuenta de utilidad fiscal neta conforme a lo siguiente:
a) A la suma de las utilidades fiscales netas actuali-
zadas de los ejercicios terminados durante el perío-
do comprendido del 1o. de enero de 1975 al 31 de
diciembre de 1988, se le sumarán los dividendos o
utilidades actualizados percibidos en efectivo o en
bienes en los ejercicios terminados durante el período
comprendido de 1975 a 1982 y se le restarán los divi-
dendos o utilidades actualizados distribuidos en efec-
tivo o en bienes en los ejercicios terminados durante
el período comprendido de 1975 a 1982, excepto los
distribuidos en acciones o los que se reinvirtieron en
la suscripción o pago de aumento de capital de la
misma sociedad que los distribuyó, dentro de los 30
días siguientes a su distribución.
Las utilidades fiscales netas de los ejercicios de 1975
a 1986, se determinarán restando al ingreso global
gravable o al resultado fiscal, según el ejercicio de
que se trate, los conceptos señalados en el tercer
párrafo del artículo 124 de la Ley del ISR vigente en
1989.

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