Articulos transitorios

AutorEdiciones fiscales ISEF, S.A.
Páginas76-78
76
92-T 2015 EDICIONES FISCALES ISEF
ARTICULO 92.
1. Para la reforma del presente Reglamento deberá constituirse previamente
la Comisión Temporal de Reglamentos, la cual será la encargada de elaborar y
someter al Consejo el proyecto correspondiente.
ARTICULOS DEL ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL
DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE
SE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITU-
TO NACIONAL ELECTORAL
Publicados en el D.O.F. del 19 de agosto de 2015
SEGUNDO. Se abroga el Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2008, así como
sus reformas y adiciones.
TERCERO. El presente Acuerdo entrará en vigor y surtirá efectos al día siguien-
te de su aprobación por el Consejo General.
CUARTO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.
ARTICULOS TRANSITORIOS 2015
Publicados en el D.O.F. del 19 de agosto de 2015
ARTICULO PRIMERO. El Organo Garante de la Transparencia y el Acceso a la
Información, el Comité de Información, el Comité de Gestión y Publicación Electró-
nica y la Unidad de Enlace, estarán vigentes hasta la entrada en vigor de la legis-
lación secundaria derivada de la reforma al artículo 6o. de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación
el 07 de febrero de 2014.
Una vez que entren en vigor las leyes reglamentarias del artículo 6o. Constitu-
cional, el Comité de Información, el Comité de Gestión y Publicación Electrónica y
la Unidad de Enlace seguirán funcionando hasta en tanto se realicen las modifica-
ciones normativas internas y se determinen las instancias competentes.
ARTICULO SEGUNDO. Todas las referencias a la Unidad Técnica de Servicios
de Información y Documentación contenidas en la normatividad interna del Instituto
Nacional Electoral deberán entenderse realizadas a la Unidad Técnica de Transpa-
rencia y Protección de Datos Personales.
ARTICULO TERCERO. Se somete a consideración de la Contraloría General,
que ésta, en el ámbito de su competencia y al concluir el Proceso Electoral Fede-
ral 2014-2015, realice una auditoría de las funciones de los órganos del Instituto
Nacional Electoral y la revisión del Manual de Organización del Instituto, para que
sus conclusiones y recomendaciones puedan ser consideradas en una posterior
reforma al Reglamento Interior.
ARTICULO CUARTO. En razón de la desaparición del Centro para el Desarrollo
Democrático, se instruye a la Junta General Ejecutiva para que lleve a cabo las ac-
ciones administrativas conducentes para el cierre de esa Unidad Técnica. El Centro
deberá concluir los proyectos que se encuentren en marcha, así como ejercer el
presupuesto que tenga asignado, a más tardar el 31 de diciembre de 2014. Los
recursos humanos del Centro deberán ser readscritos de acuerdo con las necesi-
dades del Instituto y sin menoscabo de sus derechos laborales.

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