Artículo 4. Jerarquía jurídica de la ley

AutorFernado Gómez de Lara
Páginas19-20

Page 19

Jerarquía jurídica de la ley

Artículo 4.- La aplicación de esta Ley será sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha interpretado que en dicho artículo se encuentra inmerso el principio de supremacía constitucional, al señalar que a la cabeza de nuestro sistema jurídico se encuentra la Constitución y por debajo de ella, los tratados internacionales y las leyes federales, respectivamente.

Ante la posible discrepancia entre alguna disposición de la LAASSP y un tratado internacional, específicamente con los que tengan un capítulo de compras de gobierno, deberá prevalecer lo dispuesto por el tratado internacional.

Page 20

Con fundamento en este artículo, la aplicación del artículo 65 de la LAASSP relativo al plazo para la presentación de inconformidades, para el caso de licitaciones públicas bajo la cobertura de tratados, debe ser el previsto en dichos acuerdos internacionales; esto es, debe ser de 10 días hábiles y no de seis como lo establece el artículo en comento, plazo que sí es aplicable a todas las licitaciones e invitaciones con carácter nacional o internacional abierta.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR