Artículo 34. Requisitos para ser ciudadano

AutorVíctor Manuel Martínez Bullé Goyri
Páginas143-144

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El contenido de este artículo es:

1) El establecimiento de los requisitos para ser ciudadano mexicano.

El concepto original de ciudadanía hace referencia a la pertenencia a la ciudad. Así, en la antigua Roma eran ciudadanos quienes formaban parte de la civitas. En el sentido moderno, la ciudadanía es el estatus que se reconoce a los nacionales de un país determinado que están facultados para intervenir en la vida política de la comunidad.

El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define como ciudadano a “el habitante de las ciudades antiguas o de Estados modernos como sujeto de derechos políticos, y que inter-viene, ejercitándolos, en el gobierno del país”. Mientras la nacionalidad de origen se adquiere por nacer en un determinado país, o por ser hijo de nacionales de un país, la ciudadanía requiere, además de la nacionalidad, el cumplir los requisitos que la ley marca, en nuestro caso los que establece la Constitución en este artículo, con lo cual se nos considera aptos para participar en la vida política de la comunidad. La ciudadanía es el requisito para disfrutar de los derechos políticos en una determinada comunidad.

En México los requisitos para ser ciudadano son muy simples y son iguales para hombres y mujeres: tener 18 años cumplidos y un modo honesto de vivir. Esto no siempre ha sido así, pues originalmente el artículo no reconocía la ciudadanía a las mujeres, las cuales no podían participar en la vida política ejerciendo su derecho a votar o a ser votadas, lo que sucedió hasta que se reformó la Constitución en 1953. Por otra parte, anteriormente la edad para acceder a la ciudadanía era de

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veintiún años, y la reducción de la edad a los dieciocho años se dio con una nueva reforma constitucional en 1969.

El requerimiento a un modo honesto de vivir hace referencia a la capacidad para participar en la vida pública de una forma constructiva, capacidad que se presume al otorgar la ciudadanía a cualquier persona sin más requisitos. En el pasado llegó a exigirse, en alguna de las constituciones que tuvo nuestro país en el siglo xix, el requisito de tener un ingreso mínimo para poder ser considerado ciudadano.

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