Artículo 211

AutorLic. Jorge Luis Reyna Reyes
Páginas315-316
Carlos García
Méndez
Carlos Antonio
Vázquez Azuara
Adrián Beltrán
Hernández
315
procedimiento por falta de comparecencia de las partes a la
audiencia trifásica, pero jamás puede actualizarse la caducidad
cuando falta emitirse resolución por parte del Tribunal, cuando
quede prueba pendiente por desahogar o cuando esté pendiente
de emitirse un informe solicitado. Si el tribunal laboral decreta
la caducidad, la parte actora puede válidamente recurrir dicho
acuerdo a través del juicio de amparo directo, ya que la
declaratoria de caducidad conlleva el archivo definitivo del
juicio.
Existen, a saber, dos trámites distintos a dos supuestos
diferentes, el primero de ellos, a que se refiere el primer párrafo
de este artículo, que es cuando la autoridad, de oficio determina
que en el juicio respectivo ha transcurrido el término de seis
meses sin promoción de parte interesada que active el
procedimiento, supuesto en el cual, la autoridad sin mayor
trámite puede decretar la caducidad; el segundo supuesto,
establecido en el último párrafo de este mismo artículo es
cuando la parte contraria solicita la declaratoria de caducidad,
en cuyo caso, antes de proveer sobre dicha petición, la
autoridad laboral debe señalar fecha y hora en la que oirá a las
partes y les otorgará el derecho de aportar pruebas que deben
ceñirse únicamente a acreditar la procedencia o improcedencia
de dicha petición y hecho que sea, emitirá resolución, la
presentación del escrito donde se pida la aplicación de
caducidad del juicio no implica la activación del mismo.
ARTÍCULO 211.-Las resoluciones dictadas por el Tribunal
Estatal de Conciliación y Arbitraje y las Salas no admiten
ningún recurso y deberán ser cumplidas, desde luego, por las
autoridades correspondientes.
JORGE LUIS REYNA REYES
COMENTARIO
A diferencia de los conflictos laborales del apartado A del
artículo 123 de la Constitución General de la República, en la
que la Ley Federal del Trabajo, a través del Capítulo XIV del
Título Catorce, permite el recurso de revisión en contra de

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