Artículo 2. Definiciones

AutorFernado Gómez de Lara
Páginas12-15

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Definiciones

Artículo 2.- Para los efectos de la presente Ley, se entenderá por:

Además de las definiciones de esta disposición, se deben considerar las contenidas en el artículo 2 del RLAASSP.

I. Secretaría: la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

II. CompraNet: el sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios, integrado entre otra información, por los programas anuales en la materia, de las dependencias y entidades; el registro único de proveedores; el padrón de testigos sociales; el registro de

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proveedores sancionados; las convocatorias a la licitación y sus modificaciones; las invitaciones a cuando menos tres personas; las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y de fallo; los testimonios de los testigos sociales; los datos de los contratos y los convenios modificatorios; las adjudicaciones directas; las resoluciones de la instancia de inconformidad que hayan causado estado, y las notificaciones y avisos correspondientes. Dicho sistema será de consulta gratuita y constituirá un medio por el cual se desarrollarán procedimientos de contratación.

El sistema estará a cargo de la Secretaría de la Función Pública, a través de la unidad administrativa que se determine en su Reglamento, la que establecerá los controles necesarios para garantizar la inalterabilidad y conservación de la información que contenga.8

Con las reformas de mayo del 2009, CompraNet se constituye como el sistema oficial que concentra todos los aspectos relacionados con las contrataciones públicas federales. No sólo concentra toda la información de los procedimientos y contratos que en esta materia llevan a cabo todos los entes públicos que ejercen recursos federales, sino que se constituye como la herramienta a través de la cual están obligados estos entes públicos a realizar dichos actos de contratación.

El sistema está a cargo de la Unidad de Política de Contrataciones Públicas de la (UPCP) de la Secretaría de la Función Pública (SFP). La SFP reguló el uso del sistema mediante el Acuerdo por el que se Establecen las Disposiciones que se Deberán Observar para la Utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental Denominado CompraNet, publicado en el DOF el 28 de junio de 2011, en el cual se dispone en sus numerales 4 y 10, de conformidad con lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 27 de la LAASSP, que en México a los entes públicos que apliquen esta ley ya no les es posible jurídicamente realizar licitaciones presenciales, por lo que deberán ser mixtas o electrónicas.

III. Dependencias: las señaladas en las fracciones I a III del artículo 1;

IV. Entidades: las mencionadas en las fracciones IV y V del artículo 1;

V. Tratados: los convenios regidos por el derecho internacional público, celebrados por escrito entre el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y uno o varios sujetos de Derecho Internacional Público, ya sea que para su aplicación requiera o no la celebración de acuerdos en...

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