Artículo 14. Invitación al Requerido

AutorMtra. Selene Ricard Santes Hernández
Páginas69-70
Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
en Materia Penal Comentada
69
Artículo 13. Registro del Mecanismo Alternativo
Con la solicitud planteada se abrirá y registrará el expediente del caso, mismo
que contendrá una breve relación de los hechos, el Mecanismo Alternativo a
aplicar y el resultado obtenido.
SELENE RICARD SANTES HERNÁNDEZ
COMENTARIO
Una vez el Órgano reciba la solicitud de sujeción a un Mecanismo Alternativo de
Solución de Controversias, se abrirá un expediente en el que se registrarán todas
las actuaciones realizadas por los funcionarios del Órgano para la solución de la
controversia y el resultado de la misma.
No está de más recordar que una de las tareas más relevantes del Órgano es
realizar todos los trámites relativos a la ejecución del Mecanismo Alternativo,
por lo que estos registros deberán realizarse de manera precisa y con
independencia técnica y de gestión.
Asimismo, todas estas actuaciones deben ser tendientes al fomento de la cultura
de paz y respetando lo señalado por la presente Ley, en especial los principios
generales de los Mecanismos de voluntariedad, información, confidencialidad,
flexibilidad, imparcialidad, equidad y honestidad.
Artículo 14. Invitación al Requerido
La Invitación al Requerido la realizará el Órgano dentro de los cinco días hábiles
siguientes contados a partir de la fecha del registro del expediente del caso, por
cualquier medio que asegure la transmisión de la información en los términos de
la legislación procedimental penal aplicable. La Invitación se hará
preferentemente de manera personal.
SELENE RICARD SANTES HERNÁNDEZ
COMENTARIO
Una vez que el Ministerio Público o el Juez realicen la derivación al Órgano y
este admita la controversia, es deber del Facilitador asignado por el Órgano
realizar una invitación a los Intervinientes.
Como el artículo precedente lo señala, todos los actos de un Mecanismo
alternativo de solución de controversias deben registrarse en un expediente cuya

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