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- Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios Del Sector Público
- Título Tercero. De los Contratos
- Capítulo Único
Artículo 103. Requisitos para el otorgamiento de fianzas
Autor | Fernado Gómez de Lara |
Páginas | 254-255 |
Page 254
Requisitos para el otorgamiento de fianzas
Artículo 103.- Los proveedores podrán otorgar las garantías a que se refiere la Ley y este Reglamento, en alguna de las formas previstas en el artículo 137 del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación en el caso de dependencias, o en las disposiciones aplicables tratándose de entidades.
Cuando la forma de garantía sea mediante fianza, se observará lo siguiente:
-
La póliza de la fianza deberá contener, como mínimo, las siguientes previsiones:
-
Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato;
-
Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones
contractuales;
-
Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y
-
Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por mora, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en el artículo 95 de la citada Ley, debiéndose atender para el cobro de indemnización por mora lo dispuesto en el artículo 95 Bis de dicha Ley;
-
-
En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas al proveedor para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato, se deberá realizar la modificación correspondiente a la fianza;
-
Cuando al realizarse el finiquito resulten saldos a cargo del proveedor y éste efectúe la totalidad del pago en forma incondicional, las dependencias y entidades deberán cancelar la fianza respectiva, y
-
Cuando se requiera hacer efectivas las fianzas, las dependencias deberán remitir a la Tesorería de la Federación, dentro del plazo a que hace referencia el...
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Solicita tu prueba- Título tercero. De los contratos
- Capítulo único
- Artículo 80. Fórmula o mecanismo de ajuste de precios en los contratos
- Artículo 81. Cláusulas a incluir en los contratos
- Artículo 82. Obligación de suscribir contratos a partir del monto
- Artículo 83. Determinación del precio y mecanismo de supervisión en los contratos de servicios
- Artículo 84. Requisitos para realizar la firma de los contratos
- Artículo 85. Consideraciones para los contratos abiertos
- Artículo 86. Reducción de garantías de cumplimiento a proveedores
- Artículo 87. Otorgamiento de garantía de cumplimiento en contratos plurianuales
- Artículo 88. Disposiciones para aplicar adecuadamente el artículo 50 de la LAASSP
- Artículo 89. Contabilización de plazos para pagar en los términos del artículo 51 de la LAASSP
- Artículo 90. Plazo para devolución y corrección de facturas
- Artículo 91. Disposiciones sobre la modificación de contratos
- Artículo 92. Modificación de la vigencia de contratos de servicios
- Artículo 93. Aplicación de pagos progresivos
- Artículo 94. Pronto pago a proveedores
- Artículo 95. Aplicación y cobro de penas convencionales
- Artículo 96. Determinación y cálculo proporcional de las penas convencionales
- Artículo 97. Determinación y aplicación de deductivas
- Artículo 98. Consideraciones sobre el procedimiento y suspensión de la rescisión
- Artículo 99. Elaboración y notificación del finiquito por rescisión
- Artículo 100. Cancelación de partidas por incumplimiento contractual del proveedor
- Artículo 101. Gastos no recuperables por cancelación de la licitación y falta de firma del contrato
- Artículo 102. Gastos no recuperables por terminación anticipada y suspensión de servicios
- Artículo 103. Requisitos para el otorgamiento de fianzas
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