Apuntes para la Justicia Cotidiana, Conciliación: Una Esperanza Compartida

AutorDr. Sergio Arturo Valls Esponda
CargoMagistrado Presidente de la Primera Sala Civil del TSJEM
Páginas32-35

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En metáfora de carreras, comparten la pista de la Justicia Cotidiana los procesos laboral, mercantil, civil y familiar. Si bien estos 2 últimos aprietan el paso con sus próximos códigos nacionales de procedimientos, la delantera pertenece a la materia laboral, gracias a la ambiciosa reforma al apartado “a” del Artículo 123 Constitucional, por tanto tiempo anhelada por trabajadores y cabal-gada por oscuros intereses, se acerca hoy a una realidad que deberá concretarse con talento y despojada de sus añejos vicios.

Debemos admitir que se necesitó coraje para enfrentar la ineficiencia y simulación en que opera el desahuciado proceso laboral. Como lo anticipé en mi entrega anterior, la intención de los apuntes es hacer directos, concretos planteamientos que ayuden a un exitoso armado, incluso de las más pequeñas partes de la bienvenida Justicia Cotidiana. La materia laboral incluida en las Reformas Estructurales del 2012 exhibe logros contundentes: Incorporó derechos humanos en las relaciones laborales, alentó la productividad, fortaleció la transparencia y equidad de género, también elevó la competitividad del país. Un objetivo por cumplir es: modernizar la Justicia laboral, misma que se pretende alcanzar a partir del Decreto publicado el pasado Día de la Bandera, que modifica los artículos 107 y 123 constitucionales.

La reforma al 107 se refiere a la procedencia del Juicio de Amparo en materia laboral cuando se reclamen además de laudos “… sentencias definitivas que pongan fin al juicio dictadas por los tribunales locales o federales …”. En cuanto al Artículo 123, la reforma reinventa la Justicia Laboral. Nos referiremos en concreto a su nueva fracción xx. En primer término, adscribe la competencia a los poderes judiciales federal y locales, es decir, desaparecen las juntas de conciliación y arbitraje.

Quizá sea lo que más ha llamado la atención, es también en donde se tendrá que poner especial cuidado haciendo un riguroso filtro para que la mudanza esté exenta de plagas y fauna nociva que actual-mente invade lo laboral. La manera en que habrá de concretarse aún no es clara, pues se requiere alinear factores humanos, materiales, financieros, jurídicos y sobre todo: políticos. Es oportuno decir que el ánimo es positivo y ha generado renovada esperanza en lograr una real justicia laboral. En lo personal, rescato el voto de confianza, el reconocimiento implícito que se otorga a los poderes judiciales estatales, situación inédita en los últimos 100 años.

El segundo párrafo de la fracción retoma la función conciliadora. Se lee: “Antes de acudir a los tribunales laborales, los trabajadores y patrones deberán asistir a la instancia conciliatoria correspondiente. En el orden local, la función conciliatoria estará a cargo de los Centros de...

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