Antigüedad de los trabajadores en las empresas. En caso de controversia para su reconocimiento, corresponde al patrón la carga probatoria. Tesis de Tribunal Colegiado

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Antigüedad de los trabajadores en las empresas.
En caso de controversia para su reconocimiento,
corresponde al patrón la carga probatoria. Tesis
de Tribunal Colegiado
El artículo 158 de la LFT establece que los siguientes trabajadores tienen derecho, en cada empresa o establecimien-
to, a que se les determine su antigüedad:
Tesis selectas
LABORAL
C3
2a. quincena
marzo 2019
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