Anexo 1. Cuadro comparativo sobre las Responsabilidades de los Servidores Públicos

AutorJosé Lorenzo Álvarez Montero
Páginas245-264
La Responsabilidad de los Servidores Públicos y el Sistema
Anticorrupción en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
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Anexo 1
Cuadro comparativo sobre las Responsabilidades de los
Servidores Públicos.
Texto 2000
Texto hasta
2016
Texto reformado
(2017)
Artículo 76. Los
servidores
públicos serán
responsables por
las faltas o delitos
en que incurran
durante el
desempeño de sus
funciones.
El Gobernador,
durante el
ejercicio de su
cargo, sólo podrá
ser acusado ante el
Congreso por la
comisión de
delitos graves del
orden común. Por
los demás delitos y
faltas podrá ser
acusado, conforme
a las leyes
respectivas, al
concluir su
mandato.
Artículo 76. Los
servidores
públicos serán
responsables por
las faltas o delitos
en que incurran
durante el
desempeño de sus
funciones.
Artículo 76. Para
los efectos de las
responsabilidades
a que alude este
Título se reputará
como servidor
público a los
representantes de
elección popular, a
los miembros del
Poder Judicial del
Estado, los
funcionarios y
empleados y, en
general, a toda
persona que
desempeñe un
empleo, cargo o
comisión de
cualquier
naturaleza en el
Congreso del
Estado o en la
Administración
Pública Estatal o
Municipal,
Organismos
Descentralizados,
Empresas de
Participación
Estatal,
Fideicomisos
Públicos,
Sociedades y
José Lorenzo Álvarez Montero
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Asociaciones
asimiladas a éstos;
Fideicomisos; así
como a los
servidores
públicos de los
organismos a los
que esta
otorgue
autonomía,
quienes serán
responsables por
los actos u
omisiones en que
incurran en el
desempeño de sus
respectivas
funciones. Dichos
servidores
públicos serán
responsables por
el manejo indebido
de recursos
públicos y de la
deuda pública. Los
servidores
públicos a que se
refiere este
artículo estarán
obligados a
presentar, bajo
protesta de decir
verdad, su
declaración
patrimonial y de
intereses ante las
autoridades
competentes y en
los términos que

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