Acuerdo G/S1-11/2016. Se fija la Jurisprudencia VII-J-1aS-168

Páginas446-449
446
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
SALA SUPERIOR
PRIMERA SECCIÓN
ACUERDO G/S1-11/2016
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA VII-J-1aS-168
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75 y
76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Admi-
nistrativo y 23, fracción VI, de la Ley Orgánica del Tribunal
Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; y toda vez que
se han resuelto en el mismo sentido cinco juicios conten-
cioso administrativos, se ja la jurisprudencia número VII-
J-1aS-168, de la Primera Sección de la Sala Superior del
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, bajo el
siguiente rubro y texto:
COMPULSA A TERCEROS.- RESULTA OBLIGATO-
RIO QUE SE DEN A CONOCER AL CONTRIBUYEN-
TE LOS RESULTADOS DE ÉSTA, CORRIÉNDOLE
TRASLADO CON EL O LAS ACTAS RESPECTIVAS
Y SUS ANEXOS.- De la lectura del contenido de la
fracción IV del artículo 46 del Código Fiscal de la Fede-
ración, se observa que, cuando en el desarrollo de una
visita domiciliaria las autoridades scales conozcan de
hechos u omisiones, obtenidos de terceros que puedan
entrañar incumplimiento a las disposiciones scales los
deberán consignar en actas parciales, las que deberán
hacer del conocimiento del contribuyente, junto con la
última acta parcial. Ahora bien, a n de satisfacer la
garantía de audiencia que consigna el artículo 14 de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR