Se actualiza el valor total de activos respecto a las empresas cuya inversión extranjera sea mayor a 49% de su capital

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Conforme al artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera (LIE), se requiere resolución favorable de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (Comisión) para que en las sociedades mexicanas donde la inversión extranjera pretenda participar directa o indirectamente, en una proporción mayor al 49% de su capital social, únicamente cuando el valor total de activos de las sociedades de que se trate, al momento de someter la solicitud de adquisición, rebase el monto que determine anualmente la propia Comisión.

Al respecto, la SE publicó en el DOF del pasado 23 de abril, la " Resolución General número 16, que determina el monto actualizado del valor total de los activos a que hace referencia el artículo 9o. de la Ley de Inversión Extranjera", la cual entró en vigor el 24 de abril de 2015.

La resolución precisa que para los efectos de lo previsto por el artículo 9o. de la LIE, la Comisión ha determinado como nuevo monto del...

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