ARTÍCULO 2180.
Concepto de acto que se considera simulado
Es simulado el acto en que las partes declaran o confiesan falsamente lo que en realidad no ha pasado o no se ha convenido entre ellas.
ARTÍCULO 2181.
Simulación absoluta y simulación real
La simulación es absoluta cuando el acto simulado nada tiene de real; es relativa cuando a un acto jurídico se le da una falsa apariencia que oculta su verdadero carácter.
ARTÍCULO 2182.
Efectos de las simulaciones
La simulación absoluta no produce efectos jurídicos. Descubierto el acto real que oculta la simulación relativa, ese acto no será nulo si no hay ley que así lo declare.
ARTÍCULO 2183.
Personas que pueden pedir nulidad de actos simulados
Pueden pedir la nulidad de los actos simulados, los terceros perjudicados con la simulación, o el Ministerio Público cuando ésta se cometió en trasgresión de la ley o en perjuicio de la...