Octubre de 2004
Páginas | C18 |
IMSS | |
Concepto | Fecha límite de pago o presentación |
Liquidación mensual de cuotas obrero-patronales del IMSS, correspondientes a septiembre de 2004.1 | Lunes 18 de octubre de 2004.2 |
Autodeterminación de cuotas obrero-patronales | |
Sin entero | Con entero |
Opción 1 Cédulas de determinación de cuotas 'COB-10' y 'COB-20', autorizadas mediante el acuerdo 183/97, el cual se publicó en el DOF del 8 de julio de 1997. Las cuales se presentarán en las oficinas receptoras instaladas para tal fin en las subdelegaciones correspondientes del IMSS (artículos 39 de la LSS y 113, fracción II, del Racerf). | Opción 1 Se optará por utilizar la propuesta en documento impreso conocida como emisión mensual anticipada, para el cumplimiento de la obligación fiscal, modificando en su caso los datos contenidos en la misma y enterando su importe en las oficinas autorizadas por el IMSS para su pago (artículos 39 y 39-D de la LSS y 113, fracción I, del Racerf). |
Opción 2 Autodeterminación de cuotas obrero-patronales obtenida mediante el SUA y entrega tanto del dispositivo magnético como del formulario de resumen de determinación en el ente receptor autorizado o en los módulos localizados en la subdelegación correspondiente del IMSS (artículos 39 de la LSS y 113, fracción II, del Racerf). | Opción 2 Se calcularán las cuotas obrero-patronales mediante el programa informático autorizado por el SUA y se entregará el dispositivo magnético, enterando el importe correspondiente en las oficinas bancarias autorizadas o en la oficina receptora, ubicada en la subdelegación de que se trate (artículos 39 y 39-A de la LSS). |
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[1] De acuerdo con el artículo 39 de la Ley del Seguro Social, las cuotas obrero-patronales se pagarán por mensualidades vencidas, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente.
[2] Los artículos 3o. del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización, y 21 del Reglamento de inscripción, pago de aportaciones y entero de descuentos al Infonavit, señalan que si es inhábil o viernes el último día de pago, éste se podrá realizar el siguiente día hábil.
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