Zonas económicas especiales un área de oportunidad

AutorKarla D. Coria Pérez-Tejada
Páginas61-61
61CONTADURÍA PÚBLICA
SÍNDICOS
ZONAS ECONÓMICAS ESPECIALES
UN ÁREA DE OPORTUNIDAD
C.P.C. KARLA D. CORIA PÉREZ-TEJADA
SÍNDICO DE LA REGIÓN CENT RO-ISTMO-PENINSULAR
INTEGRANTE D E LA COMISIÓN NACIONAL REPRESENTATIVA ANTE AUTORIDA DES FISCALES FEDERALES
Las Zonas Económica s Especiales (ZEE) son fr anjas
geográfica mente delimitadas que se ubican en lugare s
con mayor rezago en desarrollo so cial; a saber, se e n-
cuentran dentro de las diez entidades con mayor índi-
ce de pobre za extrema1 que , a su vez, tienen potencial
logístico y productivo para que, con la participación de
los sectores público, privado y social, se desar rollen ac-
tividades de acuerdo con la vocación productiv a y ven-
tajas competitiv as que les caracte rizan, a fin de mejo-
rar el nivel y la cal idad de vida del lugar.
Las Z EE son reg uladas por la Le y Federal d e Zonas Ec o-
nómicas Especiales2 y por su Reglamento.3 En Méx ico
se declara ron como ZEE: P uerto Lázaro C árdenas, que
incluye municipios vecinos de Michoacán y Guerrero;
el Corredor del Ist mo de Tehuantepec, que incluirá los
polos de Coatzacoalco s en Veracruz y Salina Cruz en
Oaxaca; P uerto Chiapas, en Chiapas; Tabasco, Campe -
che, Yucatán y Puebla-Hidalgo. 4
Con el propósito de atraer inversiones nacionales y
extranjeras, se ofrecerán beneficios y facilidades ta les
como la Ventanilla Única, que simplificará y ag iliza-
rá los trámites necesarios pa ra operar en las ZEE. En
materia fiscal se tiene previsto, para efectos de I SR5,
descuentos de 100%, durante los primeros diez años y
de 50%, los siguientes cinco. En cuanto al IVA6 se pre-
vé desgravar, t anto los bienes que se introduzc an a las
ZEE como los servicios pres tados dentro de ellas.
De la misma manera se prevé gravar a t asa 0% las ac-
tividades realizadas por residentes en México, m ien-
tras que las actividades efectuadas por re sidentes en
el extranjero no serán a fectas al impuesto cuando los
bienes provenientes de las ZEE salgan de esta s con
destino dentro del territorio nacional, y serán grava-
dos a la tasa genera l de pago, mientr as que cuando
los bienes provenientes de las ZEE salg an con un des-
tino fuera del territorio nacional, no serán afectas al
impuesto. En m ateria de seguridad social habrá un
beneficio de 50% los primeros diez años y de 25% los
siguiente s cinco.
Por lo que se refiere al régimen aduanal, se creará un
régimen e special que regule la i ntroducción y ext rac-
ción de mercancías naciona les o n acionalizadas y ex-
tranjeras a las ZEE, estableciendo facilid ades, requisi-
tos y controles para la introducción y ex tracciones de
mercancías, así como la prestación de servicios dentro
de ellas. Asimismo, se buscará que los impue stos a l
comercio exterior se paguen al extraer los bienes de
las ZEE , y que se pueda optar por la menor incidencia
arancelaria en f unción de la cuota aplicable a los in-
sumos o mercancías después de haber sido sometidas
a proceso de elaboración, t ransformación o reparación
en el interior de alguna de l as ZEE.
Los benéficos que s e otorguen en materia fis cal, serán
de al menos o cho años de duración y no se podrán mo -
dificar en per juicio de los contribuyentes.
También se busca que los gobiernos de los estados y
municipios otorguen exenciones, al menos en lo que
respecta a los impuestos sobre nómina , predial, ad-
quisición de bienes inmuebles y sobre servicios de
hospedaje.
Por últi mo, si bien las ZEE son un proyecto ambicio-
so aún no se dictan todas las reg las del juego, pue s se
espera que a finales de 2017 se l leve a cabo. Por con-
siguiente, las ZEE representarán una g ran opor tuni-
dad de crecim iento para sus habitantes en general y
en particular para la iniciativa privada, que contará
con beneficios históricos, que con financiamie nto, in-
fraestruct ura y segurida d adecuadas hará n de las ZEE
una gran oportunidad de negocio, que se traduci rá en
empleos de calidad y bien remunerados, además de ca-
pacitación y servicios de pri mera para sus habitantes.
Referencias
1. Según información del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de
Desarrollo Social.
2. Publicada el 1 de junio de 2016 en el Diario Oficial de la Federación.
3. Publicado el 30 de junio de 2016 en el Diario Oficial de la Federación.
4. En proceso de aprobación por la Comisión Intersecretarial.
5. Impuesto Sobre la Renta.
6 Impuesto al Valor Agregado.

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