¿Quién es el juez que aplica la pena?

AutorLuis Gustavo Grandinetti Castanho de Carvalho
CargoCoordinador Académico del Programa de Post-Grado de la Universidad Estácio de Sá, Doctor por la UERJ, Maestro por la PUC-RJ y Juez de Derecho
Páginas13-36
13 ISSN 1889-8068
¿QUIÉN ES EL JUEZ QUE APLICA LA PENA?1
Luis Gustavo Grandinetti Castanho de Carvalho2
Resumen: En este trabajo se analiza el papel que tiene el juez en el proceso
de interpretación de las nor mas jurídicas en el ámbito penal, distinguién-
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del juez en el ámbito del Derecho Penal y del Derecho Procesal Penal y
cómo debe ser el juez que aplica la pena a partir de una cultura neo-consti-
tucionalista o garantista. Se considera que el Derecho Penal, con sus tipos y
sus penas, debe ser comprendido en la doble versión de protección de la so-
ciedad contra conductas graves y de protección del delincuente contra una
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crimen una conducta y que se debe exigir algo más, puesto que solamente
las conductas que representen un riesgo para el organismo social legitiman
reducir la esfera de libertad del ciudadano. Asimismo, en el ensayo se critica
el sistema inquisitivo con sus características como son: la confusión que
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ios de contradicción y de publicidad. En su lugar, se propone un proceso
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Penal: la protección de los ciudadanos y la efectividad de los derechos de
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cuando ella es necesaria e imprescindible, por la otra.
  Pena, Garantismo Jurídico, Interpretación Judicial,
Derechos Fundamentales, Juez
Abstract: This paper analyzes the role of a judge in the process of in-
terpreting judicial r ules in criminal process, distinguishing several types or

in Criminal Law and Criminal Processes and how the judge must reach a
ruling from a neo-constitutionalist or guarantee-centered vision. The work
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1 Traducción realizada por David Sánchez Rubio, Universidad de Sevilla.
2 Coordinador Académico del Programa de Post-Grado de la Universidad Estácio de Sá, Doctor
por la UERJ, Maestro por la PUC-RJ y Juez de Derecho.
ISSN 1889-8068
Revista de Derechos Humanos y Estudios Sociales
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understood both as a means to protect Society against grave acts of wicked
     
against excessive social reaction towards his/her wicked behavior. The essay
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qualifying an act or behavior as criminal. It advances the idea that such a
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an actual risk for Society can legitimate reducing the sphere of Liberty of
citizens. Simultaneously, the essay criticizes the inquisition system and its
characteristics: the confusion among parties in the Criminal Process, the
arbitrary control and management of proof in trial by the judge and its
arbitrary methods, the absence of guarantees for contradiction during trial,
and the lack of publicity and transparence of public infor mation during
the proceedings. Instead of the inquisitive system, the essay supports, in a
guarantee-centered tone, a democratic process to reach the dual goal of the
Criminal Law and Procedures: the protection of citizens (and the effective-
      
when it is necessary and indispensable.
 : Sentence, Judge Rulings, Judicial Civility, Judicial Interpreta-
tion, Fundamental Rights, Judge
1. Introducción
La evolución del concepto de derechos fundamentales se desar rolló en tres fases: la pri-
mera, considerada su prehistoria, correspondió a las ideas claves originadas en la Anti-
güedad que sustentaban que el hombre, por el solo hecho de existir, era titular de algunos
derechos naturales e inalienables. La segunda correspondió al pensamiento jusnaturalista
de la Edad Media, que reconocía la existencia de postulados suprapositivos que actuaban
como instancias de legitimación y de control del ejercicio del poder. Finalmente, especial-
mente en los siglos XVII y XVIII, las doctrinas jusnaturalista y contractualista llevaron
la concepción de los derechos naturales a su punto culminante, teniendo su apogeo con
el movimiento iluminista y, especialmente, a través de la expresión de inspiración jusra-
cionalista3.
En esta última fase, la evolución coincidió con la separación entre la jurisdicción
y la administración. Se reivindicaba que la función jurisdiccional fuera autónoma y no
3 Sarlet, Ingo, , Ed. Livraria do Advogado, Porto Alegre, 5ª Ed.,
2005, PP. 42-52.

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