Las voluntades anticipadas en Uruguay: reflexiones sobre la Ley 18473

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AutorRamiro Benítez
CargoProfesor de alta dedicación del Área de formación profesional en Notariado en la Universidad Católica del Uruguay
Páginas135-154
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JUSTICIA PENAL CONSENSUADA Y JUSTICIA PENAL RESTAURATIVA...
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LAS MEDIDAS CAUTELARES EN EL PROCESO PENAL DE MENORES EN ESPAÑA
Las voluntades anticipadas en Uruguay:
reflexiones sobre la Ley 18473*
The advance directives in Uruguay:
Reflections on the law 18473
Ramiro Benítez**
resumen
El artículo describe el tratamiento que a nivel
nacional se le ha dado a las Voluntades Anti-
cipadas. Se parte de una visión que vincula a
los Derechos Humanos y jerarquiza la expresión
de voluntad de una persona ante una eventual
enfermedad incurable. Se analiza el texto legal
vigente señalando las principales imprecisio-
nes cometidas tanto por el legislador como
por quien tuvo a su cargo la reglamentación,
para finalizar con una reflexión sobre cuales
serían las reformas que se deberían llevar a
cabo para dinamizar y hacer efectiva a esta
figura jurídica.
palabras clave: Derechos humanos, con-
sentimiento, forma documental, buen morir.
abstract
The article describes the treatment given, at
the national level, to Living Wills. It is part
of a vision that links Human Rights and re-
spects the expression of free will of a per-
son with an eventually incurable disease. It
analyzes the current legal text by indicat-
ing the main inaccuracies committed both
by the legislator and those in charge of the
regulation, concluding with a reflection on
what reforms should be brought to each
to streamline the law and make this legal
structure effective.
key words: Human rights, consent, docu-
mentary form, dying well.
* Recibido: 6 de enero de 2015. Aceptado: 2 de marzo de 2015.
** Profesor de alta dedicación del Área de formación profesional en Notariado en la Universidad Católica del Uruguay.
(ramiro.benitez@ucu.edu.uy)
REVISTA DEL INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE
PUEBLA, MÉXICO. ISSN: 1870-2147. AÑO IX, No. 3 6
JULIO-DICIEMBRE DE 2015, PP 135-154.
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sumario
1. Palabras preliminares
2. El goce de la vida. La ética y el derecho
3. Diferencia entre voluntades anticipadas y otros conceptos
4. Análisis normativo
5. Capacidad
6. Consentimiento
7. La forma documental
8. Inconvenientes que presenta el instituto de la representación
9. Colofón
1. Palabras preliminares
Antes de comenzar con el análisis normativo respecto a lo que el derecho
uruguayo ha denominado voluntades anticipadas, es necesario enunciar al-
gunas consideraciones previas que ayudarán a mejor comprender este tema
en el contexto nacional y, así, señalar lo que el legislador omitió, equivocó,
no consideró o desconocía.
El reconocimiento de los derechos de las personas ha abierto una nueva
perspectiva respecto a las garantías, derechos y deberes de las personas, lo
cual se ha verificado como un giro importante en relación con los derechos
humanos en estos últimos años. Se ha abandonado la mirada de un Estado
asistencialista hacia un modelo basado en lo social. Esto ha permitido una
nueva lectura para el reconocimiento de este tipo de derechos, y la puesta
en marcha de mecanismos para su dinamización, transparencia y efectivo
ejercicio.
Cuando entran en juego los derechos fundamentales de los ciudadanos,
se deben tener en cuenta dos factores fundamentales para su viabilidad, la
seguridad del destinatario y la consideración de quien legisla:
• Losvaloresen loscualesse basanlosderechos debencontarcon un
grado de aceptación social que trascienda la esfera judicial.
• Se deben manejar con cierto rigor jurídico-cientíco por parte del
Poder Judicial que permita su incorporación.
RAMIRO BENÍTEZ

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