Villalpando César, J. M.: Las fuerzas armadas y la ley. Una introducción al Derecho militar mexicano

AutorAntonio Millán Garrido
CargoCatedrático de la Universidad de Cádiz
Páginas483-491

Page 483

2.a edición, corregida y aumentada, Escuela Libre de Derecho, México DF, 2002 (316 páginas).

En mayo de 1991 se publicó la obra Introducción al Derecho militar mexicano (Escuela Libre de Derecho - M. A. Porrúa Grupo Editorial, México D.F., 134 páginas), en la cual el jurista e historiador José Manuel Villalpando César desarrolló un examen básico del marco normativo regulador de las fuerzas armadas mexicanas. Era el primer trabajo general sobre una materia que, poco a poco, había ido perdiendo, en México, interés académico y relevancia social y, de hecho, era, cada día, menos estudiada y peor conocida, especialmente fuera del ámbito castrense. De aquí que la Introducción tuviese una buena acogida y, para muchos, viniese a constituir un utilísimo manual para acometer, en un primer nivel, el estudio del Derecho militar. Pero el trabajo del profesor Villalpando, además de cubrir esta elemental necesidad en el orden docente, marcó un cierto resurgir de la propia disciplina con obras, que le siguieron, como el Compendio de Derecho militar mexicano, del Contralmirante del Servicio Naval y profesor Renato de J. Bermúdez Flores (Porrúa, 1996), cuya segunda edición prologué en 1998, o el Derecho militar mexicano, del profesor Alejandro Carlos Espinosa (Porrúa, 1998,2.a edición: 2000), de la que di cuenta en su momento, publicaciones ambas con planteamiento, metodología y desarrollo propios y con una entidad sustancial que no permiten considerarlas, como pretende el profesor Villalpando, «una respuesta oficialista» a su trabajo.

La Introducción constituye tan sólo -y no es poco- un punto de referencia en el señalado resurgir del Derecho militar mexicano, que, por supuesto, no sePage 484 limita a las dos publicaciones indicadas. Y, en sí misma, siendo ello lo que aquí más nos interesa, una obra interesante, que, según queda expuesto, vino, en su momento, a cubrir un sensible vacío en la literatura jurídica mexicana.

Pues bien, la Introducción al Derecho militar mexicano, agotada en un par de años, aparece ahora, en su segunda edición, como Las fuerzas armadas y la ley, manteniendo en el subtítulo la referencia a su denominación originaria. La nueva versión, coincidente con el XC Aniversario de la Escuela Libre de Derecho, si bien conserva el planteamiento general de la obra y su estructura, incrementa, de forma significada, el contenido (al añadir siete apartados, el capítulo X y un apéndice), a la vez que, en el aspecto bibliológico, aparece en un formato distinto y con un más atrayente diseño de cubierta.

La obra del profesor Villalpando la integran -en esta su segunda edición- diez capítulos y un apéndice dedicado a la Guardia Nacional en México, todo ello precedido de un prólogo del propio autor.

En el capítulo I, Misión de las fuerzas armadas mexicanas, el autor comienza señalando los presupuestos teóricos y el mandato constitucional, esto es, el artículo 89.VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se prevé la existencia de unas fuerzas armadas a las que se encomienda la seguridad interior y la defensa exterior de México. Los principios básicos de la política de seguridad nacional en el orden militar han sido concretados por el legislador, creando las fuerzas armadas, dotándolas de atribuciones y misiones y colocándolas a las órdenes del ejecutivo. Las directrices a que deben ajustar las fuerzas armadas su actuación se contienen en el Plan Nacional de Desarrollo, que se establece con absoluto respeto a los principios constitucionales, la legislación básica y la normativa interior castrense. De forma autónoma, se ha generado una doctrina de la guerra que, según Villalpando, parte del principio de que la Constitución «sólo permite a las fuerzas armadas el hacer la guerra para la defensa exterior de la nación, es decir, que se excluye absolutamente toda acción ofensiva e inicial, al proclamarse, como norma fundamental que rige las relaciones de México con la Comunidad internacional, la solución pacífica de las controversias, la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza (art. 89,X), con lo cual las fuerzas armadas descartan de inicio la posibilidad, ni siquiera teórica, de pensar en una guerra de agresión». Concluye este primer capítulo con un apartado -procedente de las páginas introductorias de la versión originaria- que aborda el concepto mismo de Derecho militar, un concepto muy amplio para el autor, que lo refiere al «conjunto de normas jurídicas que prevén la acción armada del Estado paraPage 485 salvaguardar su soberanía, normas que por supuesto incluyen la formación y organización de las fuerzas armadas, su actuación, sus relaciones con la sociedad, con los poderes públicos y con otros Estados igualmente soberanos...

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