VIII-P-2aS-339. Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria

Páginas296-300
segunda sección 296
Revista del tRibunal FedeRal de Justicia administRativa
REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO
DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
VIII-P-2aS-339
ACUERDO POR EL QUE SE SEÑALA EL NOMBRE, SEDE
Y CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL DE LAS UNIDA-
DES ADMINISTRATIVAS DEL SERVICIO DE ADMINIS-
TRACIÓN TRIBUTARIA. ES EL ORDENAMIENTO QUE
PREVÉ LA COMPETENCIA TERRITORIAL DE DICHAS
UNIDADES, Y NO ASÍ EL ARTÍCULO 37, APARTADO A
DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMI-
NISTRACIÓN TRIBUTARIA.- Si bien el artículo 37, Aparta-
do A del Reglamento Interior del Servicio de Administración
Tributaria, establece el nombre y sede de las unidades ad-
ministrativas regionales del Servicio de Administración Tri-
butaria, del contenido de dicho precepto no se advierte que
de forma alguna establezca la competencia territorial de las
referidas unidades administrativas regionales de dicho ór-
gano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Cré-
dito Público, habida cuenta que la circunscripción territorial
de tales unidades se encuentra prevista en lo que al efecto
establece el Acuerdo por el que se señala el nombre, sede
y circunscripción territorial de dichas unidades, referido por
el propio artículo 37 del Reglamento. Consecuentemente,
para considerar que se encuentra debidamente fundada la
competencia territorial de una unidad administrativa regio-
nal del Servicio de Administración Tributaria, deberá nece-
sariamente citarse la porción normativa correspondiente del
Acuerdo por el que se establece la circunscripción territorial

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