El Derecho Victimal en México como instrumento para lograr la justicia frente al fenómeno de la victimización

AutorCarlos Rodríguez Campos
CargoUniversidad Analítica Constructivista
Páginas1-37
Año 6, vol. XI agosto-diciembre 2013/Year 6, vol. XI august-december 2013
www.somecrimnl.es.tl 1
Fecha de recepción: 02/09/2012
Fecha de aceptación: 01/10/2012
EL DERECHO VICTIMAL EN MÉXICO COMO INSTRUMENTO PARA
LOGRAR LA JUSTICIA FRENTE AL FENÓMENO DE LA VICTIMIZACIÓN
THE VICTIMAL LAW IN MEXICO AS AN INSTRUMENT FOR
ACHIEVE JUSTICE ADDRESS THE PHENOMENON OF VICTIMIZATION
Investigación ganadora del concurso internacional de investigaciones
criminológicas en México
Otorgándose la medalla:
“DR. JOSÉ ADOLFO REYES CALDERÓN”
Dr. Carlos Rodríguez Campos
Universidad Analítica Constructivista
carlos.rodriguezcampos@yahoo.com.mx
México
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“No se formule la política criminal de los que dicen las leyes
sino de la realidad, del poder imponente de las cosas, de lo que es ju sto”.
Antonio Beristaín Ipiña (†)
RESUMEN
El Derecho sirve como medio para poder llegar a la justicia, y ello se refleja en el tema
del delito en la victimización, cuando una persona es tocada en su esfera jurídica, es
decir, en la suma de facultades inherentes como ser humano o en aquellas facultades
otorgadas por el propio sistema jurídico. Así el Derecho se concibe como una creación
no terminada del ser humano como consecuencia de su dinamismo e imperfección,
debido también, al atraso en contraposición con la realidad social, el Derecho Victimal
como nueva rama de las ciencias jurídicas, surge por la necesidad de crear nuevas
disposiciones que regulen estas afectaciones y establezcan una base normativa mínima
para que la víctima llegue a recuperar el estatus previo o se acerque lo más posible a
ese estado previo a la afectación ocasionada por el delito, el Derecho Victimal como
nuevo orden normativo relativo a las víctimas del delito y ofendidos por hechos
delictivos, se traduce en una nueva rama del Derecho que complementa al Derecho
Penal, desde el aspecto de completitud jurídica, en sus dos aspectos se propone
resolver este tipo de situaciones y proteger a la víctima, para lograr la ansiada justicia.
PALABRAS CLAVE: Justicia, Victimología, Victimización, Derecho Victimal,
Jurisprudencia victimal.
ABSTRACT
The law serves as a mean to achieve justice, and this is reflected in the theme of crime
victimization, when a person is touched in legal field, ie. the sum of inherent powers as
human or those powers granted by the legal system itself. So the law is seen as a
creation of the human being unfinished due to their dynamism and imperfection, due
also to the delay as opposed to social reality, the right of victimhood as a new branch of
legal science, arises from the need to create new provisions governing these effects and
establish a base minimum standards so that the victim will recover the previous
status or as close as possible to the state prior to the involvement caused by the
offense, the victimal law as a new normative order concerning victims of crime and
offended by criminal acts, resulting in a new area of law that complements the
criminal law from the legal aspect of completeness, in its two aspects, intended to
resolve these situations and protect the victim, to achieve longed justice.
KEYWORDS: Justice, Victimology, Victimization, Victimal law, Victimal
jurisprudence.
INTRODUCCIÓN
En primer lugar debo decir que el presente trabajo, contempla ideas, conocimientos y
convicciones adquiridas a lo largo de la formación profesional, a través de la
experiencia práctica durante más de 15 años, como victimólogo pragmático y después
como victimólogo formado con las enseñanza de Doctos en la materia como lo fue Don
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Antonio Beristaín Ipiña, pero sin abandonar mi esencia de jurista y científico del
Derecho como penalista, así me he dado a la tarea de elaborar el presente, mismo en
el cual se abordará desde la noción de victimización para ir avanzando a los temas que
le darán cuerpo y contenido al presente, es decir, a la sistematización normativa y
esencia filosófica del espíritu de la ley en la protección de los afectados por algún tipo
de victimización criminal para llegar a la justicia como un estado de restitución de lo
propio de la víctima, sin pretender por supuesto, agotar la materia prima de una obra
que en su contenido tendría aproximadamente 50 veces el tamaño, contenido y
profundidad de este ensayo.
Así tenemos que la victimización en razón a su significación y tipología puede
dar consecuentemente vida a diversas formas de desvictimización en una sociedad, que
es variada en relaciones multifactoriales humanas. La victimización se puede analizar
desde el punto de vista de una situación de dignidad de la persona y su natural
derecho al disfrute de la justicia, para ello haremos referencia a la concepción clásica
de justicia con la frase de Ulpiano: “La perpetua voluntad de dar a cada quién lo que le
corresponde”, noción en la cual evidentemente tenemos una idea muy básica de
pertenencia o propiedad, y podemos cuestionarnos a su vez: ¿Qué es lo que le
corresponde a cada quién? ¿Esa corresponsabilidad se refiere a dos sujetos? ¿A qué
sujetos se refiere la expresión: Cada quién?, ¿Quién está facultado para dar? Y ¿Desde
qué dinámica se da esta situación? Jorge Adame Goddard explica en el abordaje de
este tema (Diccionario jurídico mexicano, tomo VI, p. 276), que la justicia que definía
Ulpiano es “la constante y perpetua voluntad de dar a cada quien lo suyo”, es como se
advierte, un concepto de justicia como virtud moral, más sin embargo para poder
entenderla, explica que habría que determinar lo suyo de cada quién, o sea de cada
persona, se refiere echar mano de un criterio ético, es decir, una virtud intelectual de
discernir lo suyo de cada quién, aquella virtud de distinguir qué es lo que le pertenece
a cada quién, idea que apoya Rafael Preciado Hernández.
Aunque Kelsen tachaba de tautológica esta definición, hoy día ya existen
referentes al respecto, de esta forma Goddard explica (Diccionario jurídico mexicano,
tomo VI, p. 276), que es necesario hacer uso de la jurisprudencia o prudencia de lo
justo: In justi scientia, para poder entender este concepto, así sigue ahondando sobre el
particular señalado la existencia de un fundamento ontológico que Preciado lo explica
en su obra de Filosofía del Derecho (Diccionario jurídico mexicano Tomo VI, p.277),
llamándolo el “suum” de cada persona, es decir: “que es suyo de cada persona humana
su cuerpo y su espíritu, y todas sus potencias y facultades; y suyos también son los
actos que realiza con conocimiento de causa y voluntad libre”.
Del mismo concepto, puntualiza Goddard que, se desprenden dos criterios
esenciales que profundizan sobre el particular, por un lado el principio de
imputabilidad, que se refiere a que “el acto y sus consecuencias deben imputarse a su
autor”, y el segundo criterio el principio de responsabilidad: Según el cual “el autor
debe responder del acto y sus consecuencias” (Diccionario jurídico mexicano Tomo VI,
p.277).
De ello se desprende el tratamiento o consecuencia lógico normativa y lógico
social, que es evidente en el caso de las conductas delictivas y antisociales, como bien
lo afirma Goddard: “E l culpable ha de ser condenado (lo “suyo” es el castigo), que el
inocente ha de ser absuelto (el castigo no es “suyo”), que quien sufre un daño tiene
Derecho a una reparación (lo “suyo” es la reparación)”, refiriéndose a quién ha sufrido
una victimización criminal o sea a la víctima (Diccionario jurídico mexicano, p.277).

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