Las vicisitudes de la gobernabilidad democrática

AutorFrancisco Javier Guerrero Aguirre/Juan Carlos Amador Hernández
Páginas33-70
33
Democracia real e irreal: la indisoluble contradicción
Uno de los principales retos de las sociedades modernas
consiste en determinar la mejor forma de organizarse po-
líticamente sin demérito de la diversidad y pluralidad de los
miembros de un Estado, es decir, con apego al reconocimien-
to de libertades y derechos políticos y jurídicos, propiciando
el acercamiento dinámico y corresponsable entre ciudadanos y
gobernantes.
Ciertamente, no existe una fórmula mágica para garantizar la
integración armónica de la amplísima diversidad de ideologías,
valores e intereses —muchas veces contrapuestos— que carac-
teriza a las sociedades del siglo XXI y, en particular, a los Esta-
dos pluriétnicos o multiculturales. Bajo este contexto, surge la
interrogante de ¿cómo gobernar con eficacia en donde existen
tantos paradigmas y proyectos ideológicos y políticos que en
ocasiones resultan excluyentes?
El método de organización política que mejor ha respondido
históricamente a estos y otros cuestionamientos similares es la
democracia, un concepto empleado para designar a una de las
formas de gobierno en la que el poder político es ejercido —di-
recta o indirectamente— por el pueblo.1
1 Kelsen, Hans. uno de los más grandes teóricos de la democracia en el siglo
XX y representante del modelo normativo de democracia representativa,
34
Francisco Javier Guerrero Aguirre
Juan Carlos Amador Hernández
En el devenir del pensamiento político moderno se observa una
ininterrumpida y apasionada discusión en torno a las diversas
maneras de organizar y limitar el poder. Del surgimiento del Le-
viatán de Hobbes, pasando por El Contrato social de Rousseau
y hasta la aparición de las grandes obras del constitucionalismo
moderno (Hauriou, Malberg, Jellinek, Duguit, Santi Romano y
Kelsen), los especialistas han pasado de la pregunta de quién
debe ejercer el poder a cómo debe ejercerse el poder, lo que ha
supuesto plantearse inevitablemente el problema de los límites
jurídicos del poder y su democratización.
A la postre, el método democrático se ha consagrado como
la única vía que hace posible la convivencia y la competencia
política en contextos de alta diversidad, mediante la instau-
ración de un conjunto de derechos políticos y jurídicos. La
democracia, pues, es el único sistema que no excluye a las mi-
norías y en el que hasta sus adversarios encuentran represen-
tación legal.2 No es casualidad que desde la segunda mitad del
siglo XIX y hasta nuestros días, más Estados hayan adoptado
la forma de gobierno democrática,3 precisamente después de
nos dice que la democracia “significa identidad de dirigentes y dirigidos,
del sujeto y objeto del poder del Estado, y gobierno del pueblo por el pue-
blo”. Ver Hans Kelsen, Esencia y Valor de la Democracia. Forma del
Estado y Filosofía (2005). Primera Edición, México, p. 30.
2 Véanse, por ejemplo, Kelsen, Hans (1991). “Difesa della democrazia”, Agos-
tino Carrino (coord.), en Sociologia della democrazia, Napoli: Edizioni
Scientifiche Italiane; y del mismo autor (1992). Esencia y valor de la de-
mocracia. México: Colofón, p. 141. En esta obra, el autor escribe: “El poder
ejercido por la mayoría debe distinguirse de otro en que no sólo presupo-
ne lógicamente una oposición, sino que la reconoce como legítima (…) La
democracia necesita de esta continuada tensión entre mayoría y minoría,
entre gobierno y oposición de la que procede el procedimiento dialéctico al
que recurre esta forma estatal en la elaboración de la voluntad política.”
3 Pese al retorno de formas autoritarias en distintos países, la mayoría de los
Estados siguen una tendencia democratizadora. Por ejemplo, el informe
“Freedom In The Word 2015”, publicado por la fundación Freedom House,
registra 125 democracias electorales, frente a 51 países sin libertad, de 195
países (https://freedomhouse.org/sites/default/files/01152015_FIW_2015_fi-
nal.pdf). Mientras que el prestigiado informe “Democracy Index 2015” pu-
blicado por The Economist, partiendo de 165 Estados independientes (sin
considerar micro Estados), en los que se toma en cuenta: 1. Procesos elec-
35
La concertación política en contextos de democracias fragmentadas:
el caso del pacto por México
siglos enteros de vivir bajo formas verticales de organizar y
ejercer el poder.
Si bien es cierto que la democracia es una forma de gobierno de-
seable, también resulta compleja, desde su concepción hasta su
materialización. Como lo señalaba Tocqueville desde el siglo XIX:
Lo que más confusión provoca en el espíritu es el uso
que se hace de estas palabras: democracia, instituciones
democráticas, gobierno democrático. Mientras no se las
defina claramente y no se llegue a un entendimiento so-
bre su definición, se vivirá en una confusión de ideas inex-
tricable, con gran ventaja para los demagogos y déspotas
(…) las palabras democracia y gobierno democrático no
pueden significar más que (…) un gobierno en el que el
pueblo tiene una participación en el gobierno. Su sentido
está íntimamente ligado a la idea de libertad política.4
A casi dos siglos de la publicación de La democracia en Amé-
rica, aún es difícil encontrar consenso en torno al concepto de
democracia. Giovanni Sartori, por ejemplo, en su Teoría de la
democracia, al analizar la profunda transformación en el voca-
bulario político y su manipulación, reflexiona sobre la existen-
cia de una teoría central de la democracia y señala que lo que ve
el observador serio del mundo real respecto a las democracias
son “los hechos moldeados por valores”.5 El verdadero proble-
torales y pluralismo; 2. Libertades civiles; 3. Funcionamiento del gobierno; 4.
Participación política; y 5. Cultura política, identifica 20 democracias plenas;
59 democracias imperfectas; 31 híbridas y 51 regímenes autoritarios (http://
www.yabiladi.com/img/content/EIU-Democracy-Index-2015.pdf). Ello suma
78 democracias formales; lo que no significa que el resto de los Estados no se
asuman democráticos por la sola adopción del sufragio universal. Para obser-
var al avance de la democratización en función del sufragio libre y de sistemas
electorales competidos, véase Nohlen, Dieter (1995), Sistemas electorales y
partidos políticos, México: FCE. pp. 19-27.
4 Tocqueville, Alexis de. (1982). El antiguo régimen y la Revolución II.
Madrid, Alianza Editorial. (traducción de Dolores Sánchez Aleu), p. 100
5 Sartori, Giovanni. (2001). Teoría de la democracia: 1.El debate contem-
poráneo, versión española de Santiago Sánchez González. España: Alian-
za Universidad, p. 14.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR