Ventanilla Unica (VUCEM)

AutorFelipe Acosta Roca
Páginas263-280

Page 263

Introducción

El constante crecimiento del comercio mundial, propicia que los países implementen sistemas que les permita atraer inversión extranjera e impulsar su comercio exterior y así atraer mayor crecimiento económico,

Para un eficiente incremento del intercambio comercial entre los países, el modelo de reducción o eliminación de aranceles ya no es suficiente; ahora se hace necesario poner en marcha sistemas de modernización aduanera que permitan reducir costos e incrementar la competitividad internacional, así; los países con las mejores prácticas del comercio exterior han adoptado el sistema de Ventanilla Única.

El intercambio comercial en nuestro país involucra un alto número de procesos, mismos que representan un excesivo manejo de documentación y la intervención de demasiadas personas, registrándose aproximadamente 30 actores diferentes, entre oficinas de gobierno, exportadores, importadores, transportistas y auxiliares de la función aduanera; lo que representa el manejo de 40 documentos distintos, hasta 165 trámites y alrededor de 200 diferentes datos, existiendo en muchos de los casos duplicidad al entregarse varias veces la misma información o documento, en cada uno de los actores involucrados.

Lo anterior ocasionó que nuestro ejecutivo federal emitiera el acuerdo respectivo para desarrollar programas de modernización, reformas aduaneras y de facilitación de comercio, y así lograr reducir los costos de las transacciones comerciales e incrementar la competitividad internacional.

El diseño e implementación de los sistemas de tecnologías de información y comunicaciones facilitan el comercio internacional, propiciando desde un principio que las mejores prácticas del comercio internacional se adopten a través de la puesta en marcha de la Ventanilla Unica, donde la información relacionada con el comercio internacional permita eliminar la duplicidad de documentos, datos y personas al ser presentados ante los distintos actores una vez en un único punto de entrada.

Antecedentes

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 de nuestro país prevé que con una economía nacional más competitiva brindará mejores condiciones para las inversiones y la creación de empleos, para lo cual es indispensable consolidar e impulsar el marco institucional; dicho lo anterior y con la finalidad de apoyar el desarrollo de las empresas, se consideró conveniente otorgar facilidades administrativas a los usuarios del comercio exterior, para agilizar y simplificar sus operaciones; ya que; la aplicación de los pre-

Page 264

cios estimados y su esquema de garantía, así como la presentación de la información a que se refiere el Anexo 18 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior emitidas por el Servicio de Administración Tributaria, la inscripción en los padrones de sectores específicos y el mecanismo de certificación de origen para los efectos de cuotas compensatorias, resultaba complejo, desmotivando a las empresas micro, pequeñas y medianas de la posibilidad de incursionar en el comercio exterior.

En razón de lo anterior se estimó conveniente eximir a los importadores de otorgar la referida garantía cuando efectuasen la importación definitiva de mercancías sujetas a precios estimados o cuando llevarán a cabo el tránsito interno o internacional de mercancías; así como de inscribirse en el Padrón de Importadores de Sectores específicos; de acompañar al pedimento de importación la información específica de las mercancías y los documentos de certificación de origen para los efectos de las cuotas compensatorias, o bien de tramitar en ciertos casos la ampliación del programa de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación.

Por otra parte; la observancia de la existencia de registros que se renovaban periódicamente, aún cuando para ello se presenta información que reiteradamente se entrega a las autoridades, hizo conveniente prever que los registros para la certificación de origen al amparo de los tratados comerciales celebrados por México, se otorgarán con una vigencia de 3 años y, para el caso de aquéllos que ya han sido otorgados, ampliar su vigencia hasta por dos años más; resultando de tal manera conveniente aprovechar los mecanismos previstos en los tratados comerciales celebrados por nuestro país, a fin de que los exportadores con menor capacidad administrativa contaran con procedimientos simplificados de certificación de origen para gozar de las preferencias arancelarias negociadas en algunos tratados comerciales, mediante la obtención del carácter de exportador autorizado, lo que les permitiría sustituir el certificado de origen por una leyenda en la factura de exportación;

Así; el uso de tecnologías de la información en la administración pública facilitaría a los ciudadanos y empresas su interacción con el quehacer gubernamental, al constituirse como una herramienta fundamental en el desarrollo de una estrategia de facilitación comercial, representando una oportunidad viable de implementar un sistema eficaz y eficiente de administración y operación del comercio exterior, por lo que se estimó necesario impulsar el uso de dichas tecnologías en la recepción y atención de los trámites que se realizasen ante las representaciones federales de la Secretaría de Economía, lo que permitirá eliminar hasta en un 50% la presentación física de solicitudes, simplificar dichos trámites e interconectar a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que administran regulaciones o restricciones no arancelarias; medida que debería de acompañarse de esquemas mediante los cuales se asegure el acceso a las referidas tecnologías por parte de los usuarios de comercio exterior, para lo cual resultaba conveniente prever que en todas las representaciones federales de la Secretaría de Economía, se contase al menos con una computadora con acceso a Internet y con un servidor público que auxiliara y asesorara a las empresas sobre el uso de los sistemas informáticos de ingreso y expedición de resoluciones de trámites; aprovechando las nuevas tecnologías para desarrollar un sistema de monitoreo de las operaciones de comercio exterior a fin de evaluar el cumplimiento y funcionamiento de las regulaciones aplicables.

Page 265

Resultaba conveniente de igual manera que las secretarías de Economía y de Hacienda y Crédito Público implementasen acciones de simplificación, automatización y mejora de los procesos aduaneros y de comercio exterior, que contemplaran, entre otras, la incorporación de tecnología y el desarrollo de esquemas adicionales para realizar operaciones de comercio exterior, para una disminución en las medidas de control que incrementan tiempos y costos de las operaciones aduaneras así como la unificación de los programas de fomento a las exportaciones, de tal suerte que con la opinión favorable de la Comisión de Comercio Exterior sobre las medidas que deberían a adoptarse, es que expidió el ejecutivo federal el Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en Materia Aduanera y de Comercio Exterior, publicado el día 31 de marzo del año de 1988 en el diario oficial de la federación.

En otro orden de ideas debemos de considerar que la Ley de Comercio Exterior dispone que corresponde al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Economía, coordinar la participación de las dependencias de la Administración Pública Federal en las actividades de promoción del comercio exterior, así como coordinar a aquéllas que administren o controlen restricciones o regulaciones no arancelarias.

Por lo anterior y en seguimiento al Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en Materia Aduanera y de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2008, en donde se prevé el establecimiento de una ventanilla digital para trámites electrónicos, a fin de que las dependencias de la Administración Pública Federal que operen instrumentos, programas y, en general, resoluciones derivadas de una restricción o regulación no arancelaria, incluidos sus órganos desconcentrados, se encuentren interconectadas electrónicamente con la Secretaría de Economía y con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en aras de la simplificación y facilitación comercial que se ha instrumentado al interior de la Administración Pública Federal, el Ejecutivo Federal consideró necesario emitir, el Decreto que se publicó el día 14 de enero del año 2011, el cual contiene las disposiciones generales para el establecimiento de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, que tendrá por objeto la recepción y atención de los trámites y servicios en dicha materia que incidan en el ámbito de competencia de las distintas dependencias de la Administración Pública Federal.

Ventanilla digital mexicana de comercio exterior
Ventanilla Unica (VUCEM)

Como resultado de lo que se ha comentado en la introducción y en los antecedentes anteriores, la denominada ventanilla única de comercio exterior mexicano, conocida por sus siglas como VUCEM, es la herramienta que en la actualidad permite el envío de la información electrónica, una sola vez, ante una única entidad, para cumplir con todos los requerimientos del comercio exterior, a través de la simplificación, homologación y automatización de los procesos de gestión.

La VUCEM tiene como objetivo agilizar y simplificar los flujos de información entre el comercio y las entidades de gobierno y aportar beneficios significativos para las partes involucradas en el comercio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR