Ventanilla única nacional del gobierno. Entérese de los trámites que puede realizar en ella
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· Disposiciones generales para la implementación, operación y funcionamiento de la ventanilla única nacional. Se publican en el DOF
Información de trascendencia, sección Legal-empresarial - edición 761
· Decreto por el que se crea la ventanilla única nacional para los trámites e información del gobierno. Se publica en el DOF
Información de trascendencia, sección Legal-empresarial - edición 749
En la actualidad, existe una gran cantidad de portales institucionales de Internet que ofrecen información del gobierno sin criterios claros, sencillos, estandarizados o apegados a los intereses y búsquedas de los usuarios.
Lo anterior ha generado la necesidad de contar con una estrategia digital del gobierno unificada que mejore la experiencia de la sociedad en su interacción con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y las empresas productivas del Estado; de ahí que a principios de agosto se pusiera en marcha la Ventanilla única nacional para los trámites e información del gobierno.
La Ventanilla única nacional facilita trámites e información gubernamental mediante un solo sitio de Internet del gobierno federal y ofrece facilidades para que las personas puedan cumplir sus obligaciones, así como para obtener más y mejores resultados en su interacción con las autoridades.
Indicamos los principales aspectos por considerar de la Ventanilla única nacional.
Para regular el funcionamiento de la Ventanilla única nacional la Secretaría de la Función Pública dio a conocer en el DOF los instrumentos siguientes:
1. Decreto por el que se establece la Ventanilla Unica Nacional para los Trámites e Información del Gobierno (Decreto) (DOF del 3 de febrero de 2015).
2. Disposiciones Generales para la implementación, operación y funcionamiento de la Ventanilla Unica Nacional (DOF del 4 de junio de 2015).
Estos ordenamientos establecen las reglas que rigen la operación de la Ventanilla única nacional.
Es el punto de contacto digital, a través del portal de Internet www.gob.mx , que ofrece la interoperabilidad con los sistemas electrónicos de trámites; e incluye la información de comunicación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de las empresas productivas del Estado.
El artículo tercero del Decreto señala que la Ventanilla única nacional tendrá los objetivos siguientes:
1. Proveer información actualizada sobre el estado de la gestión administrativa de los trámites con-
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tenidos en el catálogo, en los casos en que se realicen en forma electrónica, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables.
2. Facilitar, agilizar y optimizar la gestión administrativa de los trámites que llevan a cabo las personas interesadas ante las dependencias, entidades y empresas productivas del Estado.
3. Dotar de una imagen institucional integral y homogénea que permita a las...
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