Dé valor a su empresa mediante la valuación de sus activos intangibles (marcas, patentes, licencias, bases de datos de clientes, páginas web, entre otras)

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Introducción

En ocasiones, las entidades económicas realizan erogaciones en bienes con objeto de que les generen beneficios económicos futuros, pero tales bienes no cuentan con sustancia física; en este supuesto se está ante un activo intangible, el cual puede valuarse y presentarse en los estados financieros de las entidades, a fin de darle valor a las empresas; sin embargo, en estos casos, con frecuencia, las entidades no los reconocen como activos sino como gastos, y los cargan con efecto en la utilidad o pérdida del ejercicio.

Esta situación ha provocado que el valor de las empresas no sea real y que al momento de presentar los estados financieros ante entidades financieras ?para solicitar un crédito?, o ante posibles inversionistas, no se obtengan los recursos requeridos al no tener suficientes activos para argumentar la solvencia que se necesita.

Comentamos los principales elementos para valuar y presentar en los estados financieros los activos intangibles conforme a la norma de información financiera (NIF) C-8, denominada "Activos intangibles".

Concepto de activos intangibles

La NIF C-8 establece que los activos intangibles son los activos no monetarios identificables, sin sustancia física, pero que pueden generar beneficios económicos futuros controlados por la entidad; en este sentido, señala que son dos las características principales de los activos intangibles:

1. Representan costos que se incurren o derechos o privilegios que se adquieren con intención de que aporten beneficios económicos específicos a las operaciones de la entidad durante periodos que se extienden más allá de aquel en que fueron incurridos o adquiridos. Los beneficios que aportan son en el sentido de permitir que esas operaciones reduzcan costos o aumenten los ingresos futuros.

2. Los beneficios futuros que la entidad espera obtener se encuentran frecuentemente representados, en el presente, en forma intangible mediante un bien de naturaleza incorpórea, es decir, no tienen una estructura material ni aportan una contribución física a la producción u operación de la entidad.

Los activos intangibles son identificables si reúnen las características siguientes:

1. Si son separables; esto es, si pueden separarse o dividirse por la entidad para venderse, transferirse, licenciarse, rentarse o intercambiarse, tanto de manera individual o en conjunto con un contrato relativo a otro activo o pasivo identificable, sin considerar si la entidad tiene esa intención.

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2. Si surgen de derechos contractuales o legales, sin considerar si los derechos son transferibles o separables de la entidad o de otros derechos u obligaciones.

Algunos ejemplos de activos intangibles son los siguientes:

Activo intangible Definición conforme a la NIF C-8
Marcas o nombres registrados. Una marca o nombre registrado es una palabra, frase o símbolo que distingue o identifica a una entidad o producto en particular. Los industriales, comerciantes o prestadores de servicios pueden hacer uso de marcas en la industria, en el comercio o en los servicios que presten; sin embargo, el derecho a su uso exclusivo se obtiene mediante su registro. Las marcas registradas son derechos que pueden adquirirse, venderse o arrendarse.
Patentes. Es un derecho otorgado por un gobierno para hacer uso exclusivo de un proceso de manufactura o para vender o explotar un invento. Existen dos clases principales de patentes: patente de procesos, la cual controla el proceso por el que los productos son hechos, y patente de producto, que cubre los productos físicos actuales.
Licencias y permisos. El titular de la patente o registro puede conceder, mediante convenio, licencia para su explotación. La licencia debe ser inscrita para que pueda producir derechos legales. Algunas entidades invierten sumas considerables de dinero para poder obtener licencias y permisos con objeto de operar en ciertos tipos de negocios. Ejemplos de estas entidades son las estaciones de transmisión de cable, radio, televisión y teledifusión. Los derechos de operación, obtenidos a través de acuerdos con agencias o unidades gubernamentales, son frecuentemente referidos como licencias, derechos, concesiones o permisos.
Franquicias. Una franquicia es el derecho o privilegio recibido por una entidad para efectuar en exclusiva negocios en un área geográfica determinada. Provienen de un arreglo contractual bajo el cual el franquiciador otorga al franquiciatario el derecho a vender ciertos productos o servicios, a usar ciertas marcas y nombres registrados, o a desarrollar algunas funciones. Existe una franquicia cuando con la licencia de uso de una marca se transmitan también los conocimientos técnicos o se proporcione asistencia técnica para que la(s) persona(s) a quien(es) se le(s) concede pueda(n) producir o vender bienes o prestar servicios de manera uniforme y con los métodos operativos, comerciales y administrativos establecidos por el titular de la marca, tendientes a mantener la calidad, prestigio e imagen de los productos o servicios a los que la misma distingue.
Derechos de autor. Son los derechos registrados que tienen todos los autores y artistas sobre sus creaciones y expresiones.

Otros conceptos de activos intangibles que no define la NIF pero que sí menciona, son las bases de datos de clientes y las páginas web, entre otros.

Valuación de los activos intangibles

Reconocimiento inicial

En términos de la NIF C-8, el reconocimiento de una partida como activo intangible debe hacerse si además de lo mencionado en el apartado anterior se cumplen los criterios siguientes:

1. Es probable que los beneficios económicos futuros atribuibles al activo intangible fluirán hacia la entidad, usando supuestos razonables y sustentables que representen la mejor estimación de la administración del conjunto de condiciones económicas que existirán durante la vida útil del mismo.

2. La valuación debe ser a su costo de adquisición, y éste puede ser determinado de manera confiable para cumplir el postulado de valuación:

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Adquisición de un activo intangible en forma individual

De acuerdo con la NIF C-8, si un activo intangible es adquirido de un tercero en forma separada e independiente, el costo del mismo puede valuarse de manera confiable, sobre todo cuando la contraprestación por la compra fue en forma de efectivo u otros activos monetarios.

Al respecto, el costo de adquisición de un activo intangible debe comprender lo siguiente:

1. Su precio de compra, incluyendo derechos de importación e impuestos sin posibilidad de reembolso.

2. Cualquier desembolso directamente atribuible a la preparación del activo para el uso al que se destina.

3. Debe descontarse cualquier descuento comercial y/o rebaja.

Por lo que se refiere al punto 2 anterior, el desembolso directamente atribuible incluye lo siguiente:

1. El costo de beneficios a empleados, como se definen en la NIF D-3, "Beneficios...

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