¿Pueden utilizarse los estados de cuenta bancarios como comprobantes fiscales para efectos de deducir gastos y acreditar el IVA de éstos, si en dichos estados no se desglosa el impuesto referido?

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Soy contador de una persona moral del régimen general de la Ley del ISR que se dedica a la comercialización de teléfonos celulares. En días pasados, leí en un boletín informativo que los estados de cuenta bancarios pueden utilizarse como comprobantes fiscales para efectos de deducciones o acreditamientos, siempre que en estos estados vengan desglosados los impuestos trasladados en la operación. Al efecto, un colega me comentó que también procede lo anterior, aunque en los estados de cuenta no se desglosen los impuestos trasladados. Ignoro si esto es verdad.

Lector de Hermosillo, Sonora

Pregunta

¿Pueden utilizarse los estados de cuenta bancarios como comprobantes fiscales para efectos de deducir gastos y acreditar el IVA de éstos, si en dichos estados no se desglosa el impuesto referido?

Respuesta

Sí pueden utilizarse los estados de cuenta bancarios como comprobantes fiscales para efectos de deducir gastos y acreditar el IVA de los mismos, si en tales estados no se desglosa el impuesto referido, por lo siguiente:

El artículo 29-B, fracción II, del CFF dispone lo siguiente (énfasis añadido):

29-B. Los contribuyentes, en lugar de aplicar lo señalado en los artículos 29 y 29-A de este Código, podrán optar por las siguientes formas de comprobación fiscal:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Los estados de cuenta impresos o electrónicos que expidan las entidades financieras, las sociedades financieras comunitarias y los organismos de integración financiera rural a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular, o las personas morales que emitan tarjetas de crédito, de débito, de servicio o las denominadas monederos electrónicos autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria, siempre que en el estado de cuenta se consignen los impuestos que se trasladan desglosados por tasa aplicable, contenga la clave de inscripción en el registro federal de contribuyentes tanto de quien enajene los bienes, otorgue su uso o goce o preste el servicio, como de quien los adquiera, disfrute su uso o goce o reciba el servicio, y estos últimos registren en su contabilidad las operaciones amparadas en el estado de cuenta.

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Los estados de cuenta a que se refiere el párrafo anterior que se expidan sin que contengan los impuestos que se trasladan desglosados por tasa aplicable, también podrán utilizarse como medio de comprobación para los efectos de las deducciones o acreditamientos autorizados en...

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