Título I.4. Impuesto al Valor Agregado

AutorManuel Baltazar Mancilla/Honoré A. Bornacini Hervella
Páginas101-102

Page 101

Título I.4. Impuesto al Valor Agregado
Capítulo I.4.1 Disposiciones Generales
Facilidad Devolución inmediata de saldo a favor del IVA a personas que retengan el impuesto por la
adquisición de desperdicios (Regla I.4.1.1.):
Para los efectos del artículo 1-A, fracción II, inciso b) de la Ley del IVA, las personas morales que
hayan efectuado la retención del IVA y que se les hubiere retenido el IVA, por las operaciones a
que se refiere el citado artículo, cuando en el cálculo del pago mensual previsto en el artículo 5-D,
tercer párrafo de dicha Ley resulte saldo a favor, podrán obtener la devolución inmediata de dicho
saldo disminuyéndolo del monto del impuesto que hubieren retenido por las operaciones mencionadas en el mismo periodo y hasta por dicho monto.
Las cantidades por las cuales se hubiese obtenido la devolución inmediata en los términos de esta regla, no podrán acreditarse en declaraciones posteriores, ni ser objeto de compensación.
Listado
No Aplica
Alimentos que no se consideran preparados para su consumo en el lugar de enajenación
(Regla I.4.1.2.):
Para los efectos del artículo 2-A, fracción I, último párrafo de la Ley del IVA, se entiende que no
son alimentos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, los
siguientes:
I. Alimentos envasados al vacío o congelados.
II. Alimentos que requieran ser sometidos a un proceso de cocción o fritura para su consumo,
por parte del adquirente, con posterioridad a su adquisición.
III. Preparaciones compuestas de carne o despojos (incluidos tripas y estómagos), cortados en
trocitos o picados, o de sangre, introducidos en tripas, estómagos, vejigas, piel o envolturas
similares (naturales o artificiales), así como productos cárnicos crudos sujetos a procesos de
curación y maduración.
IV. Tortillas de maíz o de trigo.
V. Productos de panificación elaborados en panaderías resultado de un proceso de horneado,
cocción o fritura, inclusive
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