Triunfaron los retardatarios en materia de amparo

AutorAntonio Salcedo Flores
CargoProfesor Investigador del Departamento de Derecho, UAM-A
Páginas19-26
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Triunfaron los retardatarios en materia de amparo
Antonio Salcedo Flores*
Mira Zarathustra: para las canciones nuevas se necesitan liras
nuevas.
Friedrich Nietzsche. Así habló Zarathustra. El convaleciente, II.
La Reforma Constitucional de Seguridad y Justicia,
1
promulgada el año 2008, así como las Reformas a la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en
Materia de Amparo
2
y en Materia de Derechos Humanos,
3
promulgadas el año 2011, además de la Ley de Amparo,
4
de 2013, fueron todas ellas derogadas por el artículo
sexto transitorio de la mencionada Ley de Amparo.
El Congreso de la Unión escuchó las súplicas del
Poder Judicial de la Federación y permitió que el viejo
régimen siguiera con vida, no se atrevió a implementar en
nuestro país el nuevo sistema jurídico, frustró las
expectativas de promoción, respeto, protección y garantía
de los derechos humanos, que ofrecían las reformas
constitucionales y legales del siglo XXI. El Congreso y el
* Profesor Investigador del Departamento de Derecho, UAM-A.
1
Publicada en el Diario Oficial de la Federación (en adelante DOF), el
18 de junio de 2008.
2
Publicada en el DOF, el 6 de junio del año 2011.
3
Publicada en el DOF, el 10 de junio de 2011.
4
Publicada en el DOF, el 2 de abril de 2013.

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