Buzón Tributario: plataforma del SAT para realizar notificaciones y dar a conocer información al contribuyente. Procedimiento para acceder a él

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Introducción

Recientemente, el SAT publicó en su página de Internet, www.sat.gob.mx , su nueva plataforma "Buzón Tributario", mediante el cual la autoridad podrá realizar notificaciones electrónicas, así como dar a conocer comunicados de interés para el contribuyente, invitaciones e información fiscal.

Precisamos enseguida, el procedimiento para ingresar al "Buzón Tributario" y actualizar la siguiente información:

1. Correo electrónico.

2. Teléfono celular.

Además, se indican las ventajas que implica ingresar a esta nueva plataforma del SAT.

Aspectos generales

De acuerdo con el artículo 134, fracción I, del CFF, en el caso de notificaciones por documento digital, podrán realizarse en la página de Internet del SAT o mediante correo electrónico, conforme a las reglas de carácter general que para tales efectos establezca dicho organismo.

Al efecto, la regla II.2.10.5 de la RMF para 2013 señala que las notificaciones electrónicas por documento digital se realizarán mediante el "Buzón Tributario" disponible en la página de Internet del SAT, en la opción "Mi portal", en términos de la ficha de procedimiento 1/CFF contenida en el anexo 1-B de la misma resolución; esta ficha especifica lo siguiente:

1/CFF Notificación electrónica de documentos a través del "Buzón Tributario"

  1. ¿Qué servicio se obtiene?

Notificación de documentos.

2. ¿Cuándo se realiza?

Dentro de los 5 días siguientes a partir de la fecha en la que el SAT envíe el aviso vía correo electrónico, de que tiene un documento pendiente de notificarse en el Buzón Tributario.

3. Procedimiento:

I. Ingresar a la página de Internet del SAT.

II. Acceder a la opción "Buzón Tributario" del menú principal de "Mi portal".

III. Seleccionar la opción "Notificaciones Electrónicas".

El contribuyente tendrá hasta cinco días para abrir los documentos pendientes de notificar, contados a partir del día siguiente a aquél en que el SAT le envíe el aviso vía correo electrónico; en caso de no abrirlo, la notificación electrónica se tendrá por realizada al sexto día contado a partir del día siguiente a aquél en que le fue enviado el referido aviso.

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Una vez notificado el documento, estará disponible para su consulta e impresión por un periodo de tres meses contados a partir de la fecha en que se realizó la notificación.

4. ¿Qué documentos se obtienen?

Documento digital y acuse de recibo de la notificación electrónica.

Cabe observar que previo a la notificación, será enviado al correo electrónico que el contribuyente haya proporcionado al SAT al generar su Fiel, o bien, al que haya señalado para tal efecto, un aviso en el que se indique que en el "Buzón Tributario" se encuentra pendiente de notificación un documento emitido por la autoridad fiscal.

En el momento de acceder al "Buzón Tributario" los contribuyentes podrán actualizar la cuenta de correo electrónico al que serán enviados los avisos...

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