Tribunales declaran la constitucionalidad de la Ley del IETU

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El pasado 29 de septiembre, diversos medios de comunicación informaron que los juzgados Quinto y Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con sede en San Andrés Cholula, Puebla, negaron casi 32 mil amparos interpuestos contra la Ley del IETU en vigor a partir del 1o. de enero de este año.

Asimismo, dichos medios señalaron lo siguiente:

  1. Estas son las primeras sentencias de fondo que emiten jueces federales sobre el IETU, ya que antes de este fallo sólo se habían declarado improcedentes las demandas de garantías.

  2. No obstante, la última palabra respecto a la constitucionalidad del IETU la tendrá la SCJN, pues es previsible que los quejosos impugnen las decisiones de los jueces.

  3. De acuerdo con el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), 1,600 solicitudes de amparo se desecharon por insuficiencia probatoria desde el 14 de abril pasado, cuando este consejo dio a los juzgados Quinto y Sexto de Cholula la tarea de atender las demandas que se presentaron contra el IETU, ante el elevado número de amparos promovidos en toda la República Mexicana.

Por otra parte, se indicó que en las casi 32 mil sentencias del lunes 29 de septiembre, los juzgadores declararon constitucional la Ley del IETU "porque se prevé en forma clara el objeto del impuesto, al señalarse que consiste en los ingresos 'efectivamente' obtenidos con motivo de las actividades detalladas en la propia legislación".

Además, porque se precisan los sujetos del tributo, es decir, quiénes son las personas que lo pagan, "así como que la tasa única que contempla sí atiende la posibilidad de pago de cada sujeto obligado en la medida en la que para obtener el impuesto a su cargo se aplican las deducciones autorizadas, que dependerá de la distinta capacidad de los contribuyentes".

También, los juzgadores apuntaron que las fechas y la...

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