El Tribunal Novohispano de la Acordada protector del orden rural colonial

AutorClaudio Antonio Granados Macías
Páginas75-92
Ciencia Jurídica
Universidad de Guanajuato
División de Derecho, Política y Gobierno
Departamento de Derecho
Año , núm. 
P. 
Fecha de recepción: 4 de abril 2017
Fecha de aprobación: 30 de septiembre de 2017
EL TRIBUNAL NOVOHISPANO DE LA ACORDADA
PROTECTOR DEL ORDEN RURAL COLONIAL
Novohispan Court Acordada, protector of colonial rural orden
Claudio Antonio GR ANAD OS MAC ÍAS*
Sumario:
1. La creación del Tribunal de la Acordada 2. Atribuciones y funcionarios de la Acordada 3. Casos
seguidos por la Acordada en la Jurisdicción de la Alcaldía Mayor de Aguascalientes 4. Reexiones
nales 5. Bibliografía
Resumen: El Tribunal de la Acordada se constitu ye como uno de los tribunale s especiales
de Nueva España, cuyo propósito fue combatir la delincuencia rural en el vasto ter ritorio del
virreinato, su creación se produce a inicios del siglo XVIII cuando todavía no se concluía el
proceso de expansión y po blamiento del país, sin embargo, muy pronto se constituiría en e l primer
esfuerzo por c rear una fuerza policial y jurisdiccional e n materia criminal para el territorio. Con
el auxilio de la microhistoria pretendemos dar a conoce r en este trabajo los muy escasos asuntos
que se encuentran resguardados en el Archivo General de la Nación en torno de l a actuación de
la Acordada en el terr itorio de la Alcaldía Mayor de Agua scalientes así como la actuación de la
justicia local en au xilio del tribunal.
Palabras clave: Acordada, criminalidad y mund o rural colonial.
Abstract: e Court of the Acordada is constructed like one of the special courts in New Spain,
which purpose was to ght the rural delin quency in the royalty’s territory. It´s creation is produced
in the beginning of the XVIII centur y when the extended process and country popul ation was still
not concluded, but never theless, soon a police force and jurisdictiona l in criminal material for the
territory will be c reated. With the help of microhistory we intend to disclo se the very few issues that
are protected in the General Archive of the Nation in regard of the agreed in the territory of the
Mayor’s Oce of Aguascalientes.
Key words: Court of th e Acordada, crimi nality and colonial rural world.
* Profesor investigador de la Univer sidad Autónoma de Aguasca lientes, Doctor en Derecho por la Universidad
de Guadalajar a, Director jurídico del Instit uto para el Desarrollo de la Socied ad del Conocimiento del Estado
de Aguascalientes.
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CienCia JurídiCa. Departamento de Derecho. División de Derecho, Política y Gobierno, Universidad de Guanajuato - Año 6, No. 12, 2017
Claudio Antonio Granados Macías
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1. La creación del Tribunal de la Acordada
Pasajero: respeta es te edicio y procura evita r
su triste entrad a pues cerrada una ve z su dura
puerta sólo para el su plicio se halla abier ta.
Advertencia gravad a a la entrada de la Cárcel de la
Acordada.
En los primeros dos siglos de gobierno español, la Corona dependía de las autoridades locales
para mantener un grado razonable de orden, sin que por ello tuviera que incurrir en el gasto y
esfuerzo de implicar al sistema institucional. La sala del crimen de la Audiencia no examinaba,
aprobaba o modicaba las sentencias impuestas por los jueces locales, como se había propues-
to originalmente, aunque si funcionaba como el principal órgano de ejecución en la capital y
demás áreas. Sin embargo, con la evolución hacia una sociedad más compleja, compuesta de
muchas razas y mezclas diferentes, que se ocupaba de diversas actividades económicas y cuyo
impacto rebasaba los limites regionales, la justicia local ya no podía contener adecuadamente
la conducta antisocial. Se hizo necesario obligar a la estructura institucional a llevar a cabo las
funciones que estaba destinada a cumplir, tanto la de reprimir la actividad delictiva que no po-
día resolverse a nivel local, como la de demostrar a la población que el gobierno virreinal poseía
la autoridad legítima y también el poder fundamental para imponer el orden.
La solución implementada para resguardar caminos y poblaciones se basó en el reforzamien-
to del cuerpo de protección de la Santa Hermandad. Fue éste el primer organismo de vigilancia
que actuó desde el inicio del siglo XVII con algunos aciertos, especialmente, al establecer juris-
dicciones regionales, pero sus acciones no fueron sucientes para garantizar una estabilidad so-
cial plena. La sala del crimen estuvo conformada por alcaldes y un scal, quienes, por lo general,
eran personajes, no sólo de avanzada edad y muy poco acostumbrados a salir a los caminos para
perseguir y aprehender el creciente número de cuadrillas de ladrones que infestaban diferentes
regiones del reino. Los alcaldes provinciales de la Hermandad no dispusieron de salario jo, tu-
vieron que sostener personalmente a los hombres de sus cuadrillas, y sobre todo, nunca gozaron
de independencia jurisdiccional; estuvieron sometidos a la autoridad de la sala del crimen. Las
altas autoridades peninsulares y novohispanas conocían el problema social de la inseguridad,
las limitaciones del sistema judicial, y particularmente estuvieron conscientes de las dicultades
políticas que implicaba el reformarlo. Fue por ello que los virreyes Gaspar de la Cerda Sandoval
Silva y Mendoza, conde de Gelve, Fernando de Alencastre Noroña y Silva, duque de Linares y
Baltasar de Zúñiga Román Sotomayor y Mendoza marqués de Valero, centraron sus acciones
en fortalecer la Santa Hermandad, brindarles a sus provinciales mayores apoyos y, al mismo
tiempo, designar personajes más decididos en sus acciones. Fue durante  cuando el duque
de Linares insistió en que el restablecimiento que se había efectuado de la Santa Hermandad
fuera aún más estricto, pero el ejercicio del alcalde provincial, la máxima autoridad dentro de
la organización, quedó todavía subordinado a la Sala del Crimen. A ellos tenía que dar cuenta
de las causas y sus sentencias antes de ejecutarlas, a pesar de ser tan alarmante la situación y tal
ML , Colín (), La justicia crimin al del siglo XVII I en México. Un estudio sobre el Tribunal d e la
Acordada, México, SEP, p. .

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