Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Sala Superior. Segunda Sección. Acuerdo G/S2/21/2019. Se fija la Jurisprudencia VIII-J-2aS-85

Páginas293-296
acuerdo 293
Revista Núm. 39, OctubRe 2019
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
SALA SUPERIOR
SEGUNDA SECCIÓN
ACUERDO G/S2/21/2019
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA VIII-J-2aS-85
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75 y
76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Admi-
nistrativo y 18, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal
Federal de Justicia Administrativa y 18, fracción I, del Re-
glamento Interior de este Órgano Colegiado; y toda vez que
se han resuelto en el mismo sentido cinco juicios conten-
cioso administrativos, se ja la jurisprudencia número VIII-
J-2aS-85, de la Segunda Sección de la Sala Superior del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, bajo el siguiente
rubro y texto:
NOTIFICACIONES PERSONALES PRACTICADAS
EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATI-
VO.- REQUISITO DE CIRCUNSTANCIACIÓN EN
CUANTO AL CERCIORAMIENTO DEL DOMICILIO
EN QUE DEBA PRACTICARSE LA DILIGENCIA.-
De la debida interpretación a los artículos 65, 66 y
67 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo, en relación con los diversos 310, 311,
312 y 313 del Código Federal de Procedimientos Civi-
les, de aplicación supletoria a la materia, se concluye
que el actuario adscrito al Tribunal Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa, está obligado a cerciorarse,

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