Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Sala Superior. Segunda Sección. Acuerdo G/S2/13/2019. Se fija la Jurisprudencia VIII-J-2aS-78

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acuerdo 349
Revista Núm. 38, septiembRe 2019
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
SALA SUPERIOR
SEGUNDA SECCIÓN
ACUERDO G/S2/13/2019
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA VIII-J-2aS-78
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75 y
76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Admi-
nistrativo y 18, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal
Federal de Justicia Administrativa y 18, fracción I, del Re-
glamento Interior de este Órgano Colegiado; y toda vez que
se han resuelto en el mismo sentido cinco juicios conten-
cioso administrativos, se ja la jurisprudencia número VIII-
J-2aS-78, de la Segunda Sección de la Sala Superior del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, bajo el siguiente
rubro y texto:
VISITA DOMICILIARIA. TRATÁNDOSE DE UNA
SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN LA AUTORIDAD
FISCAL TIENE ESA FACULTAD PARA COMPRO-
BAR LA EXISTENCIA DE LAS OPERACIONES
QUE SUSTENTAN LA PETICIÓN.- En términos de lo
dispuesto por el artículo 22, noveno párrafo, en rela-
ción con el artículo 42, fracción III, ambos del Código
Fiscal de la Federación, la autoridad scal con la na-
lidad de vericar la procedencia de una solicitud de
devolución presentada por un contribuyente, tiene la
facultad para ordenar una visita domiciliaria. Asimis-
mo, si la determinación de una obligación scal con-
siste en la constatación de la realización del hecho

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