Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Sala Superior. Primera Sección. Acuerdo G/S1-6/2019. Se fija la Jurisprudencia VIII-J-1aS-66

Páginas315-318
acuerdo 315
Revista Núm. 32, maRzo 2019
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
SALA SUPERIOR
PRIMERA SECCIÓN
ACUERDO G/S1-6/2019
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA VIII-J-1aS-66
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75
y 76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Ad-
ministrativo, en relación con los artículos 18, fracción VII,
y 68 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia
Administrativa; y toda vez que se han resuelto en el mismo
sentido cinco juicios contencioso administrativos, se ja la
jurisprudencia número VIII-J-1aS-66, de la Primera Sección
de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Admi-
nistrativa, bajo el siguiente rubro y texto:
FACULTADES DE COMPROBACIÓN DE LA AUTO-
RIDAD FISCAL. EN SU EJERCICIO, VÁLIDAMEN-
TE PUEDE DESCONOCER LOS EFECTOS FISCA-
LES DE LOS ACTOS JURÍDICOS CONSIGNADOS
EN LA CONTABILIDAD, CUANDO CAREZCAN DE
MATERIALIDAD.- A través de las facultades de com-
probación comprendidas en las diversas fracciones
del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación, lo
que el Legislador pretendió es que en el caso de ser
autodeterminadas las contribuciones por parte de los
sujetos obligados, la autoridad scal estuviera en po-
sibilidad de vericar si se realizaron las situaciones
jurídicas o de hecho a las que los contribuyentes pre-
tenden darles efectos scales, basándose en datos,

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