Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Sala Superior. Segunda Sección. Acuerdo G/S2/25/2018. Se fija la Jurisprudencia VIII-J-2aS-60

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Revista Núm. 31, FebReRo 2019
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
SALA SUPERIOR
SEGUNDA SECCIÓN
ACUERDO G/S2/25/2018
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA VIII-J-2aS-60
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75 y
76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Admi-
nistrativo y 18, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal
Federal de Justicia Administrativa y 18, fracción I, del Re-
glamento Interior de este Órgano Colegiado; y toda vez que
se han resuelto en el mismo sentido cinco juicios conten-
cioso administrativos, se ja la jurisprudencia número VIII-
J-2aS-60, de la Segunda Sección de la Sala Superior del
Tribunal Federal de Justicia Administrativa, bajo el siguiente
rubro y texto:
VIII-J-2aS-60
AGENTES ADUANALES.- SU REPRESENTACIÓN
LEGAL.- De conformidad con el artículo 41 de la Ley
Aduanera, el agente aduanal es el representante legal
de los importadores y exportadores para las actuacio-
nes y noticaciones que deriven del despacho aduane-
ro; sin embargo, esta representación no se conserva
en forma ilimitada, por lo que el acta circunstanciada
de hechos u omisiones levantada al amparo del artí-
culo 152 de la Ley Aduanera, constituye un acto pos-
terior al despacho aduanero, toda vez que, de confor-
midad con el artículo 35 de la Ley en cita, el despacho

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