Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Sala Superior.- Primera Sección. Acuerdo G/S1-16/2009
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
SALA SUPERIOR.- PRIMERA SECCIÓN
ACUERDO G/S1-16/2009
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA VI-J-1aS-21
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; y toda vez que se han resuelto en
el mismo sentido cinco juicios contenciosos administrativos, se fija la jurisprudencia
número VI-J-1aS-21, de la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal
de Justicia Fiscal y Administrativa bajo el siguiente rubro y texto:
SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN. ES IMPROCEDENTE DECRE-
TARLA TRATÁNDOSE DE ACTOS CONSUMADOS.- Conforme al pri-
mer párrafo del artículo 24 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo, la suspensión de la ejecución del acto impugnado constituye
una especie de las medidas cautelares en el juicio contencioso administrativo
federal, la cual tiene por finalidad mantener las cosas en el estado en que se
encuentran al momento de formular la solicitud respectiva, a fin de conservar
la situación de hecho existente, para proteger la materia del juicio en tanto se
dicte la sentencia correspondiente. Por tanto, si el acto impugnado tiene el
carácter de consumado al momento en que se decide sobre la solicitud de la
suspensión de su ejecución, o al resolverse el recurso de reclamación inter-
puesto en contra de la sentencia interlocutoria que haya negado en forma defi-
nitiva esa medida cautelar, resulta improcedente conceder ésta.
P R E C E D E N T E S:
VI-P-1aS-156
1.- Recurso de Reclamación No. 10838/07-17-10-1/1456/08-S1-01-05.- Actor:
STRORO CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.- Resuelto por la Primera Sec-
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