Tribunal federal de justicia fiscal y administrativa

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas291-291

Page 291

Es el organismo que tiene su fundamento en el art. 73 fracción XXIX, inciso h) de la Constitución, que goza de autonomía para dictar sus fallos y que conoce de las controversias entre los contribuyentes y las autoridades fiscales federales, así como de otros conflictos semejantes y que actualmente está dotado de plena autonomía para dictar sus fallos, teniendo su competencia conforme al art. 11 de su Ley orgánica. Diccionario Jurídico 2000.

Comentario. Art. 36 primer párrafo del CFF, de las modificaciones de resoluciones administrativas, en que sólo podrán ser modificadas por éste, art. 120 primer párrafo de la interposición del recurso de revocación, art. 124 fracciones III y VIII de la improcedencia del recurso de revocación, art. 125 del carácter opcional del recurso de revocación, art. 143 inciso a) de la exigibilidad de las garantías del interés fiscal, art. 144 último párrafo de la suspensión del procedimiento de ejecución.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR