¿Qué tratamiento debe darle una sociedad civil al IVA que cobró de manera incorrecta en la enajenación de un automóvil usado?

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Trabajo como contador de una sociedad civil que presta servicios de asesoría legal corporativa conforme al régimen general de la Ley del ISR. En días pasados, esta persona moral enajenó un automóvil usado que utilizaba en sus operaciones, y por la operación trasladó IVA a la tasa de 16%; sin embargo, leí en un boletín informativo que este tipo de sociedades no deben cobrar dicho impuesto por la venta de bienes muebles usados, pues la operación está exenta del gravamen. Debido a que ya no se pudo localizar a la persona que adquirió el automóvil para regresarle el importe del impuesto, tengo duda con respecto al tratamiento que debe darse al IVA que de acuerdo con la ley no debió cobrarse (este IVA aún no se ha enterado al fisco).

Lector de México, DF

Pregunta

¿Qué tratamiento debe darle una sociedad civil al IVA que cobró de manera incorrecta en la enajenación de un automóvil usado?

Respuesta

Debe considerarse ingreso acumulable para efectos del ISR, por lo siguiente:

El artículo 9o., fracción IV, de la Ley del IVA establece lo siguiente:

9o. No se pagará el impuesto en la enajenación de los siguientes bienes:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IV. Bienes muebles usados, a excepción de los enajenados por empresas.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Mientras, el artículo 16 del CFF señala lo siguiente (énfasis añadido):

16. Se entenderá por actividades empresariales las siguientes:

I. Las comerciales que son las que de conformidad con las leyes federales tienen ese carácter y no están comprendidas en las fracciones siguientes.

II. Las industriales entendidas como la extracción, conservación o transformación de materias primas, acabado de productos y la elaboración de satisfactores.

III. Las agrícolas que comprenden las actividades de siembra, cultivo, cosecha y la primera enajenación de los productos obtenidos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.

IV. Las ganaderas que son las consistentes en la cría y engorda de ganado, aves de corral y animales, así como la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.

V. Las de pesca que incluyen la cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de toda clase de especies marinas y de agua dulce, incluida la acuacultura, así como la captura y extracción de las mismas y la primera enajenación de esos productos, que no hayan sido objeto de...

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