Tratados Internacionales. VII-P-2aS-221
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
TRATADOS INTERNACIONALES
VII-P-2aS-221
TRATADO DE LIBRE COMERCIO CELEBRADO ENTRE LOS ES-
TADOS UNIDOS MEXICANOS, LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y
LA REPÚBLICA DE VENEZUELA.- ES VÁLIDO EL CERTIFICADO
DE ORIGEN SI EN SU CAMPO 1 SE INDICA EL NOMBRE COM-
PLETO DEL EXPORTADOR NO OBSTANTE QUE EN EL PEDI-
MENTO Y EN LA FACTURA SE MANIFIESTE CON ABREVIATU-
RAS.- De conformidad con el instructivo de llenado contenido en la reso-
declaración de origen para los efectos del citado instrumento internacional,
reconociendo que en el pedimento de importación y en la factura comercial
el pedimento y en la factura se indica la abreviatura “Cía” en el nombre del
indicarse su nombre completo, es decir, “Compañía”, pues es notorio que
para acreditar el trato arancelario preferencial, aunado a que el pedimento y
la factura comercial no son los documentos que acreditan dicho trato aran-
PRECEDENTES:
VII-P-2aS-149
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1301/11-16-01-5/137/12-S2-07-
03.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal
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