Tratado de Libre Comercio de América del Norte. VII-P-1aS-136

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE
VII-P-1aS-136
CERTIFICADO DE ORIGEN VÁLIDO CONFORME AL TRATADO
DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE. LO ES CUAN-
DO EN SU CAMPO 11 SE ANOTE LA FECHA EN QUE INICIAL-
MENTE FUE LLENADO O BIEN LA FECHA EN LA QUE FUE CO-
RREGIDO.- Conforme a lo dispuesto por los artículos 501 y 502 del Trata-
do de Libre Comercio de América del Norte, los importadores que pretendan
obtener el trato arancelario preferencial, deberán tener en su poder al momen-
to de formular el pedimento de importación respectivo, un certificado de origen
que ampare la mercancía importada, mismo que deberá estar requisitado en su
totalidad, conforme al instructivo de llenado contenido en el anexo 1, de la
Resolución que establece las Reglas de Carácter General relativas a la aplica-
ción de las disposiciones en Materia Aduanera del citado Tratado. Ahora bien,
por lo que se refiere al campo 11, tal instructivo, establece particularmente, que
en dicho campo deberá anotarse la fecha en que éste sea llenado y firmado, sin
precisar que se deba asentar la fecha en que el certificado sea corregido, si
fuese el caso; de lo que se sigue que cuando eventualmente se realiza la correc-
ción, el citado campo, podrá contener la fecha en que originalmente fue expe-
dido el certificado, o bien, la fecha en que se hubiera realizado la corrección,
tomando en consideración que el mencionado instructivo simplemente indica
que deberá anotarse la fecha en que el certificado se llenó y firmó. En mérito de
lo anterior, el campo 11 del certificado de origen que hubiere sido corregido, es
válido, si se llena y firma con una u otra fecha; es decir, la que corresponde a la
expedición del certificado de origen, o bien, la de su corrección, ya que las
disposiciones de llenado del campo 11, no exigen que en éste, necesariamente,
se contenga también la fecha en que se realizó su corrección. Lo anterior es así,
toda vez que lo relevante es que el certificado debe contener fecha de llenado
y firma, sin mayores requisitos.

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