Tratado de Libre Comercio de América del Norte. VI-P-SS-303

Páginas37-48
37
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
TRATADO DE LIBRE COMERCIO
DE AMÉRICA DEL NORTE
VI-P-SS-303
VERIFICACIÓN DE ORIGEN. CUANDO LA AUTORIDAD NIEGUE TRA-
TO PREFERENCIAL A BIENES IMPORTADOS A TERRITORIO NACIO-
NAL POR OMISIÓN EN EL DESAHOGO DE UN CUESTIONARIO FOR-
MULADO CONFORME AL ARTÍCULO 506 DEL TRATADO DE LIBRE
COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE, CORRESPONDE AL DEMAN-
DANTE EXPORTADOR DESVIRTUAR TAL RESOLUCIÓN, CUANDO NO
SEA EL PRODUCTOR Y CAREZCA DE ELEMENTOS PARA DEMOS-
TRAR EL ORIGEN.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 506 del Tratado de
Libre Comercio de América del Norte en relación con la regla 47 de la Resolución
por la que se establecen las Reglas de Carácter General relativas a la aplicación de las
disposiciones aduaneras de dicho tratado, en un procedimiento de verificación de
origen, en que la autoridad hubiera enviado un segundo cuestionario al exportador de
un bien importado a territorio nacional bajo trato arancelario preferencial, sin que el
exportador haya dado respuesta en el plazo respectivo, la autoridad aduanera deter-
minará que no procede el trato arancelario preferencial a los bienes objeto de verifica-
ción, considerándolos como no originarios. Por tanto, de presentarse el citado su-
puesto, si el exportador impugna la resolución negativa en el juicio contencioso admi-
nistrativo federal, tendrá la carga procesal de desvirtuar el supuesto incumplimiento
de respuesta al referido cuestionario, independientemente de que, por tratarse de
sujeto distinto del productor de los bienes en cuestión, carezca directa e inmediata-
mente de los elementos que acrediten la debida aplicación del criterio de origen con-
tenido en los certificados objeto de revisión.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 28769/07-17-05-7/1545/08-PL-10-10.- Re-
suelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, en sesión de 6 de enero de 2010, por unanimidad de 9 votos a favor.-
Magistrado Ponente: Guillermo Domínguez Belloc.- Secretaria: Lic. Claudia Palacios

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR