Tratado de Libre Comercio de América del Norte. VIII-P-1aS-514

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Revista Núm. 30, eNeRo 2019
TRATADO DE LIBRE COMERCIO
DE AMÉRICA DEL NORTE
VIII-P-1aS-514
SOLICITUD PARA VERIFICAR LA AUTENTICIDAD DE
LAS FACTURAS COMERCIALES Y CERTIFICADOS DE
ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS IMPORTADAS A TERRI-
TORIO NACIONAL, CONFORME AL PLAN ESTRATÉGI-
CO BILATERAL Y EL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO
DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIER-
NO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, SOBRE
ASISTENCIA MUTUA, ES LEGAL.- La solicitud para veri-
car la autenticidad de las facturas comerciales y certicados
de origen de las mercancías importadas a territorio nacio-
nal, realizada por la autoridad aduanera al amparo del Plan
Estratégico Bilateral de 13 de agosto de 2007 y el Acuerdo
entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el
Gobierno de los Estados Unidos de América, sobre Asisten-
cia Mutua entre sus Administraciones de Aduanas, resulta
legal; toda vez, que el inciso c) del artículo 506 (1) del Tra-
tado de Libre Comercio de América del Norte, establece la
facultad de la autoridad aduanera para efectuar otro proce-
dimiento de vericación de origen diverso a los establecidos
en los incisos a) y b) del referido artículo; es decir, que la
autoridad aduanera además de poder vericar el origen de
las mercancías importadas, mediante cuestionarios dirigi-
dos al proveedor o productor y visitas de vericación en las
instalaciones del exportador o productor; cuenta también
con la facultad de realizar la vericación de origen, median-
te cualquier otro procedimiento acordado por las partes.

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