Tratado de Libre Comercio de América del Norte. VII-P-1aS-797
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
VII-P-1aS-797
VERIFICACIÓN DE ORIGEN. LA ILEGALIDAD DE LA NOTIFICA-
CIÓN DE LOS CUESTIONARIOS PRODUCE LA ILEGALIDAD DEL
PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE ORIGEN, ASÍ COMO
DE LA RESOLUCIÓN QUE LO CONCLUYE.-
de las mercancías importadas a México, se debe realizar conforme a lo esta-
blecido en el artículo 506 (I) del Tratado de Libre Comercio de América del
Norte y la Regla 46 (I) de la Resolución de las Reglas de Carácter General
relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera; de modo,
que el no cumplir con los supuestos asentados en los preceptos legales en
origen, y como consecuencia de ello, se actualiza la hipótesis prevista en la
fracción IV del artículo 51de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4868/10-17-04-3/1190/13-S1-02-
03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal
de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 24 de septiembre de 2013,
por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth
Urby Genel.- Secretario: Lic. Juan Pablo Garduño Venegas.
(Tesis aprobada en sesión de 3 de diciembre de 2013)
C O N S I D E R A N D O :
[...]
CUARTO.- [...]
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Expuestos que han sido los argumentos vertidos por las partes, a
juicio de los CC. Magistrados que integran la Primera Sección de la Sala
Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, los con-
ceptos de impugnación en estudio, son PARCIALMENTE FUNDADOS,
actos que se controvierten en esta instancia jurisdiccional, en atención a las
consideraciones de hecho y fundamentos de derecho que a continuación se
señalan:
En principio, se señala que la litis en el presente Considerando se
circunscribe a dilucidar los siguientes cuestionamientos:
de 22 de Enero de 2007, por medio del cual se dio a conocer el
1° de Febrero de 2008, por medio del cual se dio a conocer el
aviso de cambio de autoridad.
de 24 de Marzo de 2008, por medio del cual se dio a conocer el
aviso de intención de negar el trato arancelario preferencial y el
de 30 de Abril de 2008, por medio del cual se dio a conocer la
Una vez precisado lo anterior, esta Juzgadora considera necesario se-
ñalar que los objetivos del Tratado de Libre Comercio de América del Norte,
de conformidad con el articulado que lo integra, se encuentran orientados,
entre otras cuestiones a: 1) Eliminar barreras al comercio; 2) Promover
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