Tratado de Libre Comercio de América del Norte. Jurisprudencia Núm. VII-J-1aS-89

Páginas52-54
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
JURISPRUDENCIA NÚM. VII-J-1aS-89
TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE
NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA DEL PROCE-
DIMIENTO ADMINISTRATIVO DE VERIFICACIÓN DE ORIGEN.
ANTE LA NEGATIVA LISA Y LLANA DE LA PARTE ACTORA,
CORRESPONDE A LA AUTORIDAD DEMANDADA LA CARGA
DE LA PRUEBA.- Conforme al artículo 68 del Código Fiscal de la Fe-
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legales y éstas deberán probar los hechos cuando el afectado los niegue lisa
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cho diverso. Consecuentemente, la presunción de legalidad, si bien subsiste
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de origen, corresponde a la autoridad demandada demostrar con precisión
lo contrario, de conformidad con el artículo 40 párrafo primero, de la Ley
Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/S1-3/2014)
PRECEDENTES:
VII-P-1aS-650
Cumplimiento de Ejecutoria dictado en el Juicio Contencioso Administrativo
Núm. 2371/10-06-02-2/425/12-S1-02-03.- Resuelto por la Primera Sección
de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa,
en sesión de 16 de abril de 2013, por unanimidad de 4 votos a favor.- Ma-
gistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretario: Lic. Juan Pablo
Garduño Venegas.
(Tesis aprobada en sesión de 4 de julio de 2013)
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