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- Compendio Fiscal 2018. Tomo I
- Reglamento de la Ley Del Impuesto Al Valor Agregado
Transitorios
Autor | José Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín |
Cargo del Autor | Contador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN) |
Páginas | 649-650 |
Page 649
· TRANSITORIOS Del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, vigente a partir del 5 de diciembre de 2006 (DOF 4/XI1/2006)
Entrada en vigor
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Abrogación del reglamento anterior
Segundo.- Se abroga el Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de febrero de 1984.
Disposiciones que quedan sin efecto
A partir de la entrada en vigor de este Reglamento quedan sin efecto las disposiciones de carácter administrativo en materia del impuesto al valor agregado que se opongan al mismo.
Fideicomisos registrados en el RFC con anterioridad
Tercero.- Para el efecto de las obligaciones previstas en el artículo 74, fracción I, primer párrafo del presente Reglamento, tratándose de fideicomisos inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes con anterioridad a la fecha de su entrada en vigor, éstas se tendrán por cumplidas, cuando al momento de su inscripción en dicho Registro se hayan realizado las
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manifestaciones a que se refiere dicha fracción, de conformidad con lo dispuesto en las reglas de carácter general emitidas por el Servicio de Administración Tributaria.
· TRANSITORIOS Del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, vigente a partir del 26 de septiembre de 2014 (DOF 25/IX/2014)
Entrada en vigor
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Entrada en vigor de diversas disposiciones
Segundo.- Lo dispuesto por los artículos 46, fracción II, 47 y 56 del presente Decreto, entrará en vigor en lafecha en que entren en vigor las disposiciones aquese refiere el artículo segundo, fracción III de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto al Valor Agregado del...
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